Podéis encontrar la versión completa de este apartado en el libro Vidas Hipotecadas de descarga gratuita.

Las fases del proceso

Fruto del trabajo colectivo y voluntario de mucha gente y de la ayuda puntual de diversos profesionales del mundo jurídico, y sumando la experiencia práctica de tres años, la PAH ha ido acumulando un conocimiento detallado del procedimiento que se inicia cuando se deja de pagar una hipoteca. Este conocimiento es el que se utiliza en el asesoramiento colectivo anteriormente descrito, y se complementa con consejos y recursos que se han ido elaborando y consolidando con la práctica cotidiana de las asambleas de las distintas PAH.
Compartimos aquí un resumen de las tres fases principales y algunos consejos. Recordamos que la clave de todo esto radica en organizarnos para cambiar una ley que, ahora mismo, deja en manos de las entidades financieras la decisión final que hará, o no, que un caso se resuelva.

En este sentido, os ofrecemos ya un consejo general, útil para cualquiera de las fases: ¡cuidado con los buitres! Cualquier persona o empresa que os diga que, por un cantidad de dinero, os pueden resolver el problema, sencillamente os está mintiendo.

Otro consejo general, válido para cualquiera de las fases y quizá el más importante de todos: calma, mucha calma. Nadie va a la cárcel por no pagar una hipoteca, y un procedimiento judicial de
ejecución hipotecaria y desahucio tarda un tiempo, como mínimo unos meses (la media actual es de alrededor 18 meses): no se resuelve de un día para otro y, por tanto, tendremos tiempo de ir mi-
diendo qué podemos hacer. Es habitual y normal que desde el primer momento en que tengamos dificultades de pago empecemos a sentir una gran angustia. Priorizad vuestro bienestar y el de vuestra familia. Siempre se puede hacer alguna cosa, y aún más si contáis con el apoyo de la PAH más cercana u otro colectivo similar basado en el apoyo mutuo.

Fase 1: Dejar de pagar. Consejos

Esta es la fase en la que todavía no hay ningún procedimiento judicial. Empieza en el momento en que todavía estás pagando pero ves que pronto no lo podrás hacer, y se alarga durante aquellos meses en que ya has dejado de pagar pero la entidad está más o menos abierta a una negociación antes de recurrir al procedimiento. El interlocutor principal es la entidad financiera y es con ella con la que tienes que negociar.Tienes que saber que, mientras estés pagando, difícilmente la entidad te ofrecerá ninguna solución alternativa; de forma paradójica, cuanto más responsable quieres ser, menos caso suelen hacerte las entidades. Así, es probable que, en previsión de que llegue el momento en que no podrás pagar, te acerques a tu oficina para plantear la situación, pero como mucho obtengas por respuesta una frase genérica del tipo «trata de pagar» o «no podemos hacer nada». Y es que el sistema es tan perverso que, mientras tu pagas, el banco está contento y no quiere saber nada de ninguna hipotética dificultad: le da igual que para pagar la hipoteca tengas que prostituirte, dejar de comer o atracar una tienda. Lo que quiere es que pagues, y mientras lo hagas, eres un
buen cliente que no ensucia su cuenta de resultados. Por tanto, lo más habitual es que hasta que no dejes de pagar te resulte imposible empezar una negociación seria con la entidad.

Otra cosa que hay que tener en cuenta es que esta negociación será un poco más complicada en el caso de que haya avaladores. La figura de los avaladores (habitualmente, los padres u otras personas cercanas que nos han querido ayudar porque nos quieren) supone un aliciente añadido para la entidad: no solo podrán reclamar y embargar a los titulares de la hipoteca, sino también a los avaladores, cosa que hace más atractivo el procedimiento judicial. La regulación actual es igual de despiadada con los avaladores que con los titulares, y por tanto aquellos también podrán
ver embargados sus bienes presentes y futuros. No hay ninguna manera de sacar a los avaladores de la hipoteca, a no ser que la entidad financiera esté de acuerdo en hacerlo. Como las entidades, por definición, buscan el mayor beneficio posible con el mínimo riesgo, nunca aceptan quitar la garantía añadida que les da tener un avalador excepto que les ofrezcáis otro avalador o una garantía para sustituirlo.

El tema de los avaladores dificulta lograr una dación en pago. Pero que sea más difícil no quiere decir que sea imposible: se han conseguido daciones por la totalidad de la deuda también en hipotecas con avaladores, así que depende de la voluntad de la entidad y de nuestra perseverancia a la hora de ayudar a decantar esta voluntad. Finalmente, en esta fase, a partir del momento en que se deja de pagar, hay que prepararse para el acoso que podemos sufrir a causa de las técnicas prejudiciales de reclamación de la deuda: cartas de reclamación, llamadas a casa, al trabajo, a los avaladores… Dependiendo de cuál sea la entidad, estas técnicas son más o menos agresivas. Las peores son aquellas que subcontratan el servicio, porque en estos casos se trata de profesionales que solo se dedican a perseguir a la gente y que con frecuencia tienen incentivos y ganan comisiones cuando logran que alguien pague.
En casos extremos, llegan a ejercer un auténtico maltrato, haciendo sentir culpable a las personas, buscando los puntos débiles para hacer daño, hablando por teléfono con los hijos pequeños o
con compañeros de trabajo… No hay que tener miedo: si te ven asustado, insistirán todavía más. En cambio, si intuyen que no les va a funcionar, poco a poco lo dejarán estar.

Consejos

Decide cuál es la solución que tú quieres… y hazte respetar. Al principio de la negociación, lo más probable es que la entidad diga que todo lo que propones es imposible. O si hablas con alguien de la Administración, es posible que te diga que no hay nada que hacer, que la ley es la ley y que aceptes lo que te proponga la entidad acreedora. No te desanimes y defiende lo que creas justo tantas veces como sea necesario. En algunos casos (sobre todo si la dificultad económica es puntual y existe la expectativa de recuperar la capacidad de pago a corto plazo), con un período de carencia habría bastante. Durante un tiempo, que difícilmente superará el año, se pacta pagar solo los intereses, sin amortizar el capital, haciendo que se reduzca la cuota mensual. Pero con la crisis, en la mayor parte de los casos se trata de hipotecas firmadas en plena burbuja (que casi no han amortizado capital), las dificultades económicas son graves y de larga duración. Al mismo tiempo, el mercado inmobiliario está parado y resulta imposible vender los pisos por el precioequivalente a la deuda. Es en estos casos cuando la mayoría de las personas prefiere entregar la propiedad de la vivienda y saldar la deuda para volver a empezar con un alquiler asequible, ya sea en el mismo piso o en otro. Por ello, la mayor parte de las personas afectadas reclaman el derecho a la dación en pago. La dación existe en la actual ley hipotecaria, pero no como derecho del acreedor. Es decir, está prevista como una posibilidad que tienen que acordar las partes a la hora de firmar el contrato. Como la gente no lo sabía, la mayoría de las hipotecas se han firmado sin acordar la posibilidad de la dación. Aun así, sigue siendo posible siempre que lo permita la entidad acreedora. Ahora bien, cuando lleguemos a la oficina bancaria por primera vez y solicitemos la dación, en el 99 % de los casos nos dirán que es imposible, que no lo pueden hacer. No hay que preocuparse: es lo más habitual, y lo que tenemos que hacer es insistir. Es probable que os hagan una contrapropuesta, y por eso hay que tener muy claro qué se quiere y qué no.
La entidad suele proponer una refinanciación o una novación. Esto implica modificar las condiciones de la hipoteca con la fi nalidad de reducir la cuota mensual; por ejemplo, alargando el período de amortización, ampliando capital, modificando el tipo de interés aplicable… Hay que ir con mucho cuidado con estas propuestas, porque la inmensa mayoría de las veces son pan para hoy y hambre para mañana: alargar la agonía y aumentar la deuda para acabar dejando de pagar porque resulta que la reducción de la cuota finalmente no era tan significativa como nos pensábamos, o porque disminuye durante, por ejemplo, un año, pero después vuelve a subir, incluso más que al principio de la operación. Las novaciones, además, implican gastos que la oficina no te suele explicar (notario, gestoría, registro de la propiedad, nueva tasación, comisiones) pero que acabarás pagando. Todavía es peor cuando nos proponen un préstamo personal: dicen que podremos compensar el dinero que ahora no podemos pagar con el dinero que ellos nos prestan, pero tratándose de un préstamo personal los intereses son elevadísimos y acabaremos aumentando la deuda de forma irracional. Es como lanzar gasolina al fuego.

Sea como sea, si alguna cosa tendríamos que haber aprendido a estas alturas es a no firmar nunca más nada que no estemos seguros de haber entendido. Hay que exigir que nos den todas las propuestas por escrito y tomarse tiempo para leerlo con calma y consultarlo con alguien de confianza.

¿Cuándo dejar de pagar?

Otra decisión que solo puede tomar la persona directamente afectada es el momento en que deja de pagar, si es que no se ha hecho ya por incapacidad total de pago. A excepción de estos casos, con frecuencia nos encontramos con personas que ante la angustia que supone un procedimiento de ejecución y desahucio piden dinero a familiares u otras personas cercanas para seguir pagando la hipoteca; o, peor aún, dejan de pagar necesidades básicas (comida, agua, luz, gas) para seguir pagando la cuota; finalmente, otra situación habitual es la de personas que siguen pagando, destinando casi la totalidad de la prestación de paro, sabiendo que, cuando dejen de recibir la prestación, ya no podrán pagar. Solo tú puedes decidir cuándo dejas de pagar, pero a partir de nuestra experiencia, nos atrevemos a sugerir tres cosas: 1) Ninguna casa, ninguna hipoteca y ninguna entidad financiera se merece el sacrificio de la familia; la salud es lo primero, y nunca hay que dejar de atender las necesidades básicas para pagar la maldita hipoteca. 2) Si claramente se sabe que pronto llegará el momento en que no se va a poder seguir pagando (por ejemplo, de aquí a tres meses, cuando se acabe la prestación de desempleo), hay que pensar que todos esos meses, si se dejan de pagar significan dinero ahorrado que puede destinarse al cuidado de la familia. Si
sabes seguro que dejarás de pagar, hazlo ya, puesto que pagar algunas mensualidades más no disminuirá la deuda final. 3) Una vez se haya decidido, debe encontrarse la parte positiva y no an-
gustiarse más. Hemos hecho lo que hemos podido. Y un último consejo: no hay que creerse a los directores de oficina que digan: «Id poniendo lo que podáis en la cuenta», porque «así la entidad verá que tenéis buena voluntad». En cuanto dejas de pagar la totalidad de una cuota estás incumpliendo el contrato, entras en mora y empiezan a correr los intereses (muy elevados). Por tanto, salvo que acordéis por escrito una carencia o reducción de cuota, «ir poniendo lo que se puede» significa perder el dinero que se ingresa sin que esto detenga los intereses ni (si así lo decide la entidad) el principio del procedimiento judicial.

Técnicas de negociación con la entidad financiera

Cuando tengamos que empezar la negociación con la entidad, antes que nada debemos mentalizarnos de que: 1) nosotros no hemos hecho nada malo; 2) el miedo y la angustia van en nuestra contra. Excepto algunas honrosas excepciones, los directores de oficina (que reciben presiones de sus superiores para conseguir resultados) se han creado una coraza ante el sufrimiento de las personas y no solo ignoran voluntariamente las situaciones personales, sino que a veces incluso las aprovechan para ejercer mayor presión. No son pocos los casos que han llegado a la PAH después de recibir insultos y amenazas de la misma oficina que años atrás los trató con tanta amabilidad que parecían de la familia. Tanto si en la oficina son amables como si se muestran indiferentes o agresivos, para empezar a negociar es necesario estar tan tranquilo como sea posible. En el momento que se considere oportuno (antes o después de dejar de pagar), hay que dirigirse al director de la oficina y comunicarle la situación y la propuesta de solución. Lo ideal es hacerlo presencialmente y llevándolo por escrito, con dos copias: una para la entidad y otra para que la sellen. Si se quiere solicitar la dación en pago, puede utilizarse el modelo de escrito que se encuentra en la web de la PAH. Si el director asegura que no está en sus manos, hay que pedirle que lo tramite a la central pero acompañándolo de una recomendación suya: esto seguro que lo puede hacer.

A partir de aquí, se trata de aplicar el sentido común y una técnica de escalada: de menos a más, iremos subiendo el tono de nuestra insistencia. Una vez presentada nuestra propuesta de, por ejemplo, dación más alquiler del piso, hay que esperar a que nos den una respuesta. No hay un tiempo predefinido para que nos contesten; a veces tardan poco, pero lo más habitual es que tarden semanas, e incluso meses. No tenemos prisa: mientras estemos negociando, raramente la entidad empezará el procedimiento judicial, y por tanto es tiempo que estamos ganando en el piso sin tener que pagar. Es posible que, antes de darnos una respuesta definitiva, nos pidan documentación complementaria (recibos para demostrar que estamos al día del pago del IBI y de los servicios o de la comunidad, o algún documento acreditativo de nuestros ingresos). Esto es una buena señal, y quiere decir que están estudiando seriamente nuestra propuesta. En los casos de las daciones, suele
ser un requisito que todos los pagos relativos a la vivienda estén al día y que no haya ninguna otra carga sobre el piso (por ejemplo, un usufructo o embargos como consecuencia de otras deudas
impagadas). Pero lo más habitual es que no acepten nuestra propuesta de dación a la primera y en cambio nos presionen para que encontremos el dinero para pagar como sea, o bien que nos ofrezcan,
tal y como ya se ha visto, una refinanciación o un préstamo personal que haría todavía más grande la pelota de la deuda, pero que a la entidad le permite disimular la morosidad en sus cuentas
de resultados unos meses más. Hay que aguantar, mantenerse firme, insistir. Pero si por lo que fuera se acaba considerando la posibilidad de aceptar la propuesta, no debe caerse en la trampa de añadir avaladores: es posible que entre las propuestas que nos hagan se incluya una ligera mejora de las condiciones a cambio de aumentar las garantías y que nos digan: «Podríamos arreglar el descubierto actual y bajar la cuota un poco si añades a tu hijo como aval…». Ya hemos visto cómo un avalador queda atrapado en el préstamo de por vida, así que no lo vale: hipotecar a un ser querido puede quitarnos el sueño más que el hecho de quedar nosotros endeudados y sin casa. Por tanto, con calma y firmeza, explicamos a nuestro interlocutor que quizá no nos han entendido. Nuestra situación requiere una dación en pago, así que será mejor que vuelvan a valorarlo. Si es necesario, les volvemos a presentar la petición por escrito. Y nos vienen diciendo que es «imposible» demostramos que estamos bien informados, explicamos que nos hemos asesorado y que sabemos que, en otros casos, esta misma entidad ha hecho daciones. ¿Por qué en mi caso no iba a ser posible? ¿Me están discriminando? En este momento también podemos utilizar los recursos de la Administración para reforzar nuestra petición; por ejemplo, adjuntando a nuestra petición un informe de servicios sociales donde se acredite que no tenemos recursos. O, en aquellos municipios o comunidades autónomas que dispongan de servicios de mediación con entidades financieras, pidiendo que se pongan en contacto con la central de nuestra entidad para apoyar nuestra solici tud. (Ver los detalles de estos servicios en «Recursos útiles» del libro Vidas Hipotecadas.)

En cualquier momento de la negociación es esencial que le demos la vuelta a la tortilla, que perdamos el miedo y que se lo hagamos notar a la entidad: hasta ahora los bancos se han hecho fuertes y han presionado para hacer firmar refinanciaciones, aprovechándose del estado de angustia y nerviosismo de las personas afectadas. Hay que hacerles entender que ya no tenemos miedo, que nos hemos dado cuenta de que con todo perdido (la casa, una deuda para toda la vida) ya no queda nada que perder. Que nos hemos informado y sabemos que, si ponemos todas nuestras cosas a nombre de otra persona y trabajamos en negro, no nos podrán embargar nada. Que nos quedaremos en la casa hasta el final y les costará mucho desahuciarnos. Que hasta ahora la hipoteca y el banco eran nuestra peor pesadilla, pero que quizá ahora seremos nosotros la peor pesadilla de la oficina y del banco. Y así seguiremos insistiendo tantas veces como haga falta. Si no nos hacen caso, quizá conviene subir el nivel y pedir acciones de apoyo en nuestra PAH más cercana. Con la experiencia de estos últimos tres años hemos constatado que cuando tenemos más capacidad de presión es cuando tocamos la imagen pública de las entidades. Así, una posible acción es situarse de forma pacífica pero constante a las puertas de la oficina y distribuir a los clientes que entran y salen de la entidad volantes donde explicamos lo que este banco está haciendo y cómo trata a sus clientes cuando estos tiene la mala suerte de pasar dificultades. Hay personas que incluso han hecho acampadas de varios días y así han conseguido que la central los convocara a una reunión para encontrar una solución.

Para los casos más extremos, en los que no nos quieren recibir o se nos trata mal, se puede recurrir a los medios de comunicación y denunciar el caso. También se pueden llevar a cabo acciones colectivas, juntándonos con otras personas afectadas por la misma entidad para forzar una negociación colectiva. No rendirse es la clave.

La posibilidad de alquilar el piso

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Si la dificultad económica que nos impide pagar la hipoteca es temporal y tenemos alguna alternativa de vivienda, por ejemplo familiar, a la que recurrir sin que sea un gran trastorno para nadie, alquilar el piso puede ser una opción que nos permita complementar la cuota que ya no podemos pagar. Ahora bien, si la insolvencia va para largo, o el alquiler que podríamos obtener no
sería suficiente para llegar a la totalidad de la cuota hipotecaria, o si sencillamente carecemos de otro lugar al que ir, mejor no complicarnos más la vida. Otra eventual utilidad de alquilar el piso sería mantener la posesión una vez se produzca la subasta y el banco se convierta en el nuevo propietario. A principios de 2012 corrió como la pólvora un mensaje por Internet en que se afirmaba haber encontrado la gran solución para evitar los desahucios: alquilar el piso a alguien de confianza por una cantidad simbólica y con una duración indefinida, de manera que, cuando se produjera el cambio de propiedad, el banco tendría que respetar este contrato de alquiler. Esto no es exactamente así, pero hay una parte de verdad que en algunos casos puede ser útil.

A pesar de que algunas hipotecas tienen una cláusula abusiva según la cual estaría prohibido alquilar la vivienda, lo cierto es que el propietario puede efectivamente alquilar su piso cuando
quiera y a quien quiera. Ahora bien, si quiere que este contrato sea válido con un nuevo propietario tendrá que tener cuidado de que no haya indicios de fraude. Por ejemplo, poner el contrato a
nombre de una persona muy cercana (como padres o hijos), hacerlo por una renta muy baja o por una duración indefinida, son señales de que aquel contrato se ha hecho para burlar la justicia,
y en consecuencia el juez podría anularlo. Idealmente, para que el contrato sea respetado tendría que haber sido firmado antes de dejar de pagar la hipoteca; que el inquilino pase a empadronarse en el piso y ponga los servicios (agua, luz, gas) a su nombre; que la renta sea por un importe razonable, cercano al precio de mercado; que exista algún tipo de recibo o transferencias bancarias para acreditar el pago de la renta y, aunque no es imprescindible, es aconsejable que el contrato se registre en la Cámara de la Propiedad (da más fuerza y seriedad al contrato, aunque genera unos gastos de registro y notariales). En caso de que el juez anule el contrato se puede iniciar otro procedimiento para defenderlo, y el solo hecho de abrir este procedimiento nos servirá para retrasar el desahucio. Aunque es poco probable, en caso de que el juez tenga la certeza de que el contrato de alquiler es ficticio y se ha realizado para cometer fraude, podríamos ser denunciados por alzamiento de bienes (artículo 257 del Código Penal). Sobre la duración de este contrato, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece claramente que, en caso de ejecución hipotecaria, el nuevo propietario solo tendrá que respetar los primeros cinco años desde la firma del contrato. Transcurridos estos años, la persona arrendataria podría beneficiarse de una prórroga automática durante tres años más, pero únicamente en el caso de que el banco no notifique la finalización del contrato.

Cuidado con el código de buenas prácticas aprobado por el Gobierno

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En marzo de 2012, presionado por la alarma social que despertaron las miles de ejecuciones hipotecarias, el Gobierno aprobó un Real Decreto de «medidas urgentes de protección de los deudores hipotecarios sin recursos». Estas medidas incluían un código de buenas prácticas para las entidades financieras que despertó una fuerte expectativa, en la medida en que, cuando fue anunciado por el Gobierno, fue presentado como la posibilidad de acogerse a la dación en pago. Pero si leemos con detalle la versión final del decreto, resulta que muy poca gente se puede acoger a él, y la dación solo es la última de las posibilidades. Por ello, decimos: «¡Cuidado!». De entrada, el código es voluntario para las entidades, de manera que si nuestra entidad no lo ha firmado, ya quedamos excluidos. En el caso de que nuestra entidad lo haya firmado, solo nos podemos acoger a él si todos los miembros de nuestra unidad familiar están en paro; si la vivienda hipotecada es la única y la habitual; si no disponéis de ningún otro patrimonio y si la hipoteca se constituyó para acceder a esta vivienda (esto excluye a miles de autónomos que hipotecaron su vivienda para intentar salvar
pequeñas empresas y puestos de trabajo); si la cuota hipotecaria resulta superior al 60 % de los ingresos de la unidad familiar; y, en caso de que haya avaladores, si estos carecen de bienes o pa-
trimonio para hacer frente a la deuda (es decir, si tus avaladores tienen una vivienda en propiedad, ya no tienes derecho a acogerte al código).

Este conjunto de requisitos dejan a la mayor parte de la gente afectada excluida del código. Pero incluso quien se pueda acoger a este tiene que ir con mucho cuidado, porque la dación en pago no es la primera opción. El código establece que la entidad tendrá que hacer una oferta de refinanciación (con una serie de opciones, que incluyen la posibilidad de aumentar la hipoteca hasta cuarenta años), y solo en el caso de que la propuesta final suponga una cuota mensual de más del 60 % de los ingresos familiares, tendréis opción a una rebaja de la deuda o a la dación en pago. En conclusión, más bien parece que el código ha sido aprobado para limitar y reducir las daciones en pago, al tiempo que para forzar refinanciaciones que la propia gente afectada no desea. De hecho, ha sido significativo que a partir de la aprobación del decreto en pocas semanas la mayoría de las entidades se hayan apresurado a firmar y adherirse a este código voluntario. A finales de marzo de 2012 la PAH denunciaba que las entidades estaban utilizando el Real Decreto como excusa para frenar negociaciones abiertas. Así, daciones en pago que hasta esa fecha eran
posibles, quedaban congeladas con la excusa de no cumplir losrestrictivos requisitos del código de buenas prácticas. Por tanto, recordemos el primero de los consejos: decidir qué solución que-
remos para nosotros y hacernos respetar
.

Recursos útiles

Documento de solicitud de la dación en pago y el alquiler del piso. Es un modelo muy sencillo, que os podéis descargar de la web de la PAH (www.afectadosporlahipoteca.com). Solo tenéis
que completar vuestros datos, personalizar las peticiones (dejad la solicitud de dación y alquiler, o en caso de que solo queráis dación, borrad la petición de alquiler asequible), hacer dos copias y llevarlas a vuestra oficina bancaria: una para que la tramiten a la central, la otra para que os la sellen. Aunque tener una copia sellada no sirve para nada ante un juez, como clientes tenéis todo el derecho a exigirla. También podéis hacer una tercera copia y, por correo certificado, hacerla llegar al servicio de gestión de la morosidad de la central de vuestra entidad.

Ayudas de la Administración.

En cuanto tengáis dificultades económicas severas que comprometan los mínimos vitales (vivienda, alimentación, servicios básicos, escuela de los niños), dirigíos a los servicios sociales municipales y a las oficinas de vivienda de vuestra comunidad autónoma. Hay diversas ayudas que seguramente no os resuelvan el problema, pero que os ayudarán de forma parcial. Por desgracia, con la gestión de la crisis que están llevando a cabo las actuales administraciones, estas ayudas, que ya eran insuficientes, están sufriendo recortes. Por eso tenéis que dirigiros directamente a los servicios sociales y averiguar cuáles son las ayudas vigentes.

  • Servicios institucionales de mediación.
  • Como ya se ha explicado, a partir de la primera experiencia de mediación impulsada por la Generalitat de Cataluña, conocida como Ofideute, distintas comunidades autónomas y ayuntamientos (Terrassa, Sabadell o Logroño, entre otros) han impulsado servicios de mediación entre las personas afectadas y las entidades financieras. Solo actúan en casos de vivienda habitual y recomiendan que las perso-
    nas se pongan en contacto con ellos lo antes posible, tan pronto como empiezan las dificultades de pago. Estos servicios se limitan a interceder sobre la base de la «buena voluntad», y por tanto
    no pueden garantizar ningún resultado, sea cual sea la situación de la persona afectada. Recordad: cuando os dirijáis a ellos, expresad claramente cuál es vuestra demanda, para evitar que la
    mediación pueda convertirse en una estrategia que el banco utilice para convenceros de hacer una refinanciación que no deseáis.
    La experiencia de la PAH nos dice que aquellos casos que más ayuda necesitan (menos capacidad económica, procedimiento judicial más avanzado) son los que más difícilmente resolverá un servicio institucional de mediación. En cualquier caso, siempre es útil utilizarlo como un mecanismo más de presión en nuestra negociación. Para contactar con él, preguntad en vuestro Ayuntamiento y comunidad autónoma si disponen de algún servicio de mediación.

    Reclamación ante la entidad y el Banco de España.

    Todas las entidades disponen de la figura del defensor del cliente, y todo cliente que considere que ha recibido un trato injusto puede enviar una queja por escrito. Cuando esta queja se admite a trámite, el defensor ha de pedir a las dos partes tanta documentación como sea necesaria para finalmente dictar una resolución en un plazo máximo de dos meses. Esta resolución tiene que ser notifi-
    cada por escrito tanto al cliente como a la entidad. Igualmente, el Banco de España dispone de un servicio de reclamaciones donde se pueden denunciar malas prácticas bancarias. Un requisito para
    utilizarlo es haber utilizado antes la vía del defensor del cliente de la entidad. La reclamación se tiene que hacer por escrito mediante un formulario oficial que podéis encontrar en su web: www.bde.es. En ambos casos, difícilmente desembocará en la resolución de nuestro proceso, pero como mínimo servirá como una herramienta más de presión, y si lo hacen todas las personas afectadas, lograremos una acción colectiva que deje claro a las entidades y al Banco de España que la población considera que sus prácticas quizá sean legales, pero son injustas, inmorales e ilegítimas.

    Fase 2: Inmersos en el proceso. Consejos

    Esta es la fase en la que la entidad inicia el procedimiento para reclamar la deuda impagada. Puede empezar desde el mismo momento en que se deja de pagar, ya que se produce un incumplimiento del contrato. Normalmente, las entidades esperan como mínimo tres meses antes de comenzar el procedimiento formal, pero hay que saber que con solo un impago ya se puede iniciar. Un problema añadido de la legislación española es lo que se conoce como «vencimiento anticipado»: a partir del momento en que se produce el impago, la entidad puede reclamarnos no solo las cuotas impagadas más los intereses de demora acumulados, sino todo el préstamo pendiente de pago. Nuestro interlocutor durante esta fase seguirá siendo la entidad financiera, ya que, a pesar de que intervenga un juez o un notario, el procedimiento está pensado de manera que nosotros no podamos alegar nada. ¿Cuál es nuestro objetivo? Alargar tanto como sea posible el procedimiento, por un doble motivo: primero, porque, vaya como vaya, será tiempo que ganamos estando en el piso; y segundo, porque cuanto más lo alarguemos, más tiempo tendremos para intentar forzar una negociación. Pensad que por más avanzado que esté el procedimiento, la entidad siempre puede detenerlo y llegar a un acuerdo con vosotros, así que no dejéis de negociar.

    A. Vía judicial
    Esta vía se inicia cuando recibís un burofax en vuestra casa (la casa hipotecada) donde se os informa de la cantidad que debéis y se os reclama el pago. Como se trata de un burofax, funcionará
    como una carta certificada: la llevará el cartero a vuestra casa y os pedirá que firméis el recibo. Aunque no abráis la puerta al cartero o no firméis, el procedimiento seguirá adelante, así que es mejor recoger el burofax para estar informados y reaccionar cuanto antes. Si en este momento no pagáis las cuotas pendientes más los intereses generados, el banco presentará una demanda al juzgado y todas las personas que consten como titulares del préstamo recibirán la notificación de inicio del procedimiento de ejecución judicial. Es lo que popularmente se conoce como «el tocho», ya que se trata de una cantidad importante de papeles (la demanda, más la fotocopia del contrato de la hipoteca y el acta notarial donde se especifican las cuotas impagadas más los intereses de demora y las costas judiciales generados). De nuevo, hay que saber que aunque no recogiéramos esta demanda cuando nos llega por correo, el procedimiento sigue adelante.
    Con esta notificación, el juzgado nos dará diez días para pagar. Si no podemos pagar, se fijará la fecha de subasta de la vivienda hipotecada. Esta fecha será notificada a todas las personas titulares del préstamo como mínimo con veinte días de antelación, y también se publicará en los tableros del juzgado para permitir que otras personas interesadas puedan participar en la subasta.
    Durante todo el procedimiento, y hasta el día y la hora de la subasta, hay una única manera de detenerlo (válida solo para los casos de vivienda habitual): pagar la totalidad de lo que debíamos en el momento en que nos pusieron la demanda, más los intereses de demora y las costas judiciales, pero ahorrándonos por el momento la totalidad de la deuda hipotecaria. Claro que, en el actual contexto de crisis, quien deja de pagar es porque no puede, y si no podía al principio, difícilmente podrá más adelante, cuando a la deuda se le hayan sumado los intereses. La ley no prevé la
    posibilidad de presentar ningún recurso, solo lo que se llaman «causas de oposición», en el caso improbable que se hayan producido defectos formales en el procedimiento o errores en el cálculo de la cantidad reclamada.

    El día fijado, la vivienda saldrá a subasta por el valor de tasación que consta en el contrato hipotecario (que habitualmente coincide con la tasación inicial, aunque podría ser diferente). En teoría, la ley permite que cualquier persona pueda participar, previa consignación de un depósito equivalente al 30 % del precio, y que el mejor postor pueda adjudicarse la vivienda siempre que
    supere el 70 % del valor de subasta. Pero en la práctica, con la crisis, casi todas las subastas quedan desiertas, y en este caso el banco tiene veinte días para comunicar al juzgado si se adjudica
    la vivienda por el 100 % de la deuda o por el 60 % del valor de tasación. Y por la experiencia que relata este libro, ya sabéis que el banco suele aprovechar esta oportunidad. En muy pocos casos,
    el 60 % del valor de tasación resulta ser igual o superior a la deuda, y por tanto la persona deudora queda liberada de la deuda, e incluso, si es superior, puede percibir la diferencia. Pero en la mayoría de las hipotecas, firmadas en plena burbuja y que no habían amortizado prácticamente capital, el 60 % supone dejar a la persona con una deuda considerable de por vida.
    A pesar de la indefensión general que provoca este procedimiento, según el cual por ley se nos impide explicar nuestra situación personal, hay un pequeño consuelo para aquellas personas que estaban sufriendo el acoso de las empresas de cobro de morosos. Una vez se inicia el procedimiento judicial, al menos se dejan de sufrir las «técnicas» de reclamación de la deuda.

    Consejos

  • Solicitar justicia legal gratuita
  • (Podéis consultar aquí el documento para solicitarla)

    El artículo 119 de la Constitución española reconoce el derecho a acceder a la justicia gratuita. La ley de 1996 que regula el procedimiento para acceder a la justicia gratuita reconoce este derecho a todos los ciudadanos que no pueden pagarse la asistencia jurídica siempre que los ingresos por unidad familiar no superen el doble del IPREM vigente (en 2012, el IPREM es de 7.455,14 euros anuales). La justicia gratuita, es decir, abogado y procurador de oficio, se puede solicitar en cualquier momento del procedimiento, y nos sirve para distintas cosas. En primer lugar, para personarnos y por tanto asegurarnos de que recibimos toda la información y tenemos oportunidad de presentar escritos. En segundo lugar, para ganar tiempo, ya que en el momento de solicitarla se detienen las actuaciones hasta que tenga mos respuesta y sepamos si nos la han concedido. En tercer lugar, para evitar que nos cobren las costas judiciales al menos durante el tiempo en que nuestras condiciones económicas no mejoren; se entiende que si se accede a la justicia gratuita por el procedimiento de ejecución también se carece de dinero para pagar las costas judiciales.
    Una desventaja de los abogados de oficio respecto a los privados es que no podemos escoger quién nos representa. Y por tanto, como en cualquier otra profesión, nos puede tocar alguien que se lo tome muy seriamente, que nos preste atención y que esté dispuesto a escuchar nuestras propuestas, o podemos tener la mala suerte de que nos toque alguien poco competente o, peor todavía, poco motivado y resignado, convencido de que «no hay nada que hacer». Si el abogado ni siquiera os informa, o pensáis que actúa en contra de vuestros intereses, podéis intentar pedir un cambio en el colegio de abogados correspondiente.

  • Mantener la negociación con la entidad financiera
  • Tal como ya se ha dicho, nuestra única oportunidad de detener el procedimiento es convencer a la entidad financiera para llegar a un acuerdo extrajudicial. Para hacerlo podemos seguir utilizando
    todos los consejos explicados en la fase anterior, tanto en lo que respecta a las técnicas de negociación como acudiendo a los servicios sociales, si no se había hecho ya, y a los otros servicios de
    la Administración, como los de mediación.

    Detener o asistir a la propia subasta
    Hay que saber que, al contrario de lo que mucha gente piensa, la subasta no es ningún momento solemne: se trata de un mero trámite en el que ni siquiera interviene el juez. El secretario judicial
    pregunta en el pasillo si hay algún postor; si no hay ninguno, hace un escrito que entrega al procurador del banco, y si está a la persona que sufre la ejecución. Tanto si tenéis abogado como si
    no, tenéis derecho a asistir a la subasta de vuestro piso. No podréis hacer nada, pero al menos conseguiréis que los funcionarios que ejecutan estas subastas cada día de forma rutinaria sean un
    poco más conscientes de que detrás de este «trámite» hay vidas que se hunden. Si lo consideráis oportuno, también podéis intentar detener la subasta por medio de una acción colectiva que
    inunde los juzgados e impida la actividad judicial, pero es difícil de realizar (los juzgados tienen presencia policial) y solo os servirá para ganar un poco de tiempo. En cualquier caso, si vais a
    vuestra propia subasta y, una vez realizada, el funcionario os pide que firméis el acta de la subasta en que dice que el banco se puede adjudicar la vivienda por el 60 %, negáos a hacerlo. No tenéis
    por qué validar una injusticia con vuestra firma, y el hecho de que firméis o no, no cambia nada.

    Recursos útiles

    • Solicitud de justicia gratuita.
    • Podéis pedirla en los juzgados o en los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) del colegio de abogados que os corresponda (podéis buscarlo en www. justicia-
      gratuita.es/pjg/home.do). Os pedirán una cantidad considerable de documentación para acreditar vuestros ingresos.

    • Recurso en caso de denegación de la justicia gratuita.
    • Si os deniegan la justicia gratuita podéis presentar un recurso en el plazo de cinco días a partir del momento en que os han notificado la negativa. Es habitual que, por una interpretación demasiado restrictiva, que solo se fija en si vuestros ingresos superan el doble del IPREM, os la denieguen en un primer momento. Pero vale la pena presentar el recurso, ya que en este caso conseguiréis que estudien con más detenimiento vuestro caso y valoren todas las circunstancias (si tenéis personas a vuestro cargo, otros gastos,etcétera). Para hacerlo, podéis utilizar el modelo disponible aquí

    • Defensores del Pueblo autonómico y estatal.
    • En caso de que recibáis un trato inadecuado por parte de alguna de las administraciones (servicios sociales, justicia gratuita o, por ejemplo, de los funcionarios de los juzgados, que no os den acceso a la información de vuestro expediente u os intenten convencer de que no pidáis la justicia gratuita), presentad una queja ante el Defensor del Pueblo, tanto el autonómico como el estatal. Para más información, podéis consultar la web del Defensor del Pueblo estatal:
      www.defensordelpueblo.es.

    • Todos los recursos de la fase anterior.
    • Precisamente porque el procedimiento judicial no nos deja ningún margen de actuación y nuestro objetivo es el de seguir negociando con la entidad bancaria, las técnicas de negociación y los recursos como el escrito de petición de dación en pago, las ayudas de la Administración, los servicios de mediación y las quejas ante el defensor del cliente o el Banco de España siguen siendo recursos útiles en esta fase.

    B. Vía extrajudicial
    Si bien la vía judicial es la más utilizada por las entidades a la hora de realizar una ejecución hipotecaria, a finales de 2011 la Plataforma de Afectados por la Hipoteca denunciaba que había
    empezado a recibir casos de personas a las que las entidades reclamaban el impago de la hipoteca por medio de una vía hasta entonces desconocida: el procedimiento extrajudicial. En realidad, casi todos los contratos hipotecarios contienen esta posibilidad en la escritura pública, de manera que el banco puede decidir si ejecutar la hipoteca por vía judicial o extrajudicial.
    Si bien la vía judicial ya ha sido ampliamente denunciada por injusta y expeditiva, la vía extrajudicial la supera. En primer lugar, porque es más rápida (se puede resolver en tres meses). En
    segundo lugar, porque se ejecuta ante notario y, por tanto, la persona afectada ni siquiera tiene derecho a la justicia gratuita, quedando en absoluta indefensión. En tercer lugar, porque hasta
    ahora se había desarrollado con una sistema de tres subastas que, si quedan desiertas, permite a la entidad adjudicarse la vivienda sin un tipo mínimo. Es decir, a partir de un euro. En la primera
    subasta, la vivienda sale por el 100 % del valor de tasación; en la segunda, por el 75 %, y en la tercera, sin mínimo fijado. Igual que en las subastas judiciales, con la crisis todas las subastas extrajudiciales quedan desiertas, así que permiten a las entidades adjudicarse el piso por el importe que les parezca oportuno, y la persona deudora debe cargar con la diferencia que no quede
    cubierta por este importe.
    Afortunadamente, una vez más la movilización de las personas afectadas ha permitido no solo visibilizar este procedimiento ante el desconocimiento y la inacción de las administraciones públicas, sino también empezar a provocar reacciones. Primero se llevaron a cabo algunas concentraciones ciudadanas ante las notarías que hacían estas subastas; después, la PAH solicitó una reunión con el decano del Colegio de Notarios de Cataluña y consiguió que el propio Colegio recomendara a todos los notarios catalanes aplicar por analogía el tipo mínimo fijado en la vía judicial, es decir, en ese momento el 60 %. El presidente del Consejo, Manuel López Paradiñas, consideraba «imprescindible que los notarios ofrecieran a los ciudadanos las mismas garantías que tendrían ante un juez». Además, en el mismo comunicado el máximo órgano de gobierno de los notarios solicitaba al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, un cambio urgente de la regulación hipotecaria extrajudicial para garantizar los derechos de los consumidores. Finalmente, el Real Decreto Ley del 9 de marzo de 2012 modifica el procedimiento extrajudicial y, en casos de vivienda habitual, lo equipara a la vía judicial, reduciendo la subasta a una y fijando el tipo mínimo al 60 %. No obstante, persiste el problema de que se trata de un procedimiento más rápido y con menos garantías para el deudor, y se mantiene el problema sustancial: la adjudicación por el 60 %, igual que en la vía judicial, supone dejar a las personas endeudadas de por vida. Y, por tanto, se mantiene la necesidad de la pre-
    sión social para conseguir un cambio de regulación que permita la segunda oportunidad. Pero en muy poco tiempo se ha conseguido que, de un 0 %, el tipo mínimo de la adjudicación extrajudicial haya pasado al 60 % del valor de tasación. La movilización funciona.

    El caso de D. Lozano-Viladecans
    D. Lozano contactó con la PAH cuando faltaba poco para que se produjera la tercera subasta en el marco de un procedimiento de ejecución extrajudicial. La PAH se puso en contacto con Banesto para intentar negociar una salida justa, pero el representante de la entidad dejó claro que se aprovecharían del sistema actual y se adjudicarían la vivienda por un precio bajo. También se hizo un llamamiento al notario, que se desentendió de su responsabilidad y se limitó a repetir que aplicaría la ley tal como es, permitiendo la adjudicación sin ningún valor mínimo.
    El día de la subasta, el 26 de enero de 2012, una veintena de personas, miembros de la PAH, acompañaron a la afectada a la notaría. A pesar de las interpelaciones al notario, este permitió
    que Banesto se adjudicara la vivienda por el 35 % del valor de tasación. Pero ni la afectada ni la PAH se dieron por vencidas, y llevaron su denuncia a los medios de comunicación y al Colegio
    de Notarios de Cataluña. Finalmente, ante la alarma social que se estaba generando, Banesto se puso en contacto con la PAH y aceptó la condonación de la deuda como mínimo hasta llegar al
    60 % del valor de tasación.

    Consejos

    Si habéis dejado de pagar la hipoteca y alguien que dice ser de una notaría os llama a la puerta de casa, no abráis ni recojáis ningún papel. La única manera de evitar la vía extrajudicial es no recogiendo la notificación notarial que os llevan a casa. En este caso, la ley dice que el banco tendrá que ir por la vía judicial ordinaria. En cambio, si la recogéis, ya no habrá manera de detener el procedimiento. Recordad que, a pesar de que la adjudicación por vía notarial sea más rápida que la judicial, el notario no puede ejecutar la deuda ni desahuciaros. Para hacer esto, la entidad tendrá que recurrir igualmente a la vía judicial, y en este caso podéis seguir los consejos previstos para la tercera fase.

    Fase 3: Una vez subastado el piso.

    Consejos

    Como ya hemos comentado, una vez se produce la subasta, en el actual contexto de crisis, en que las subastas quedan vacías, tenemos un doble problema: la deuda restante y la amenaza de desahucio.
    Aunque es cierto que el piso ya no es nuestro y por tanto tenemos menos margen de maniobra, sigue siendo vigente uno de los principales consejos: calma, mucha calma, porque el mundo no se termina aquí. De hecho, las diferentes PAH del Estado han logrado varias condonaciones de deuda posteriores a la subasta, y se han detenido decenas de desahucios. La clave es no rendirse.
    Otra aclaración importante es que la realización de la subasta no implica el desalojo automático ni tampoco el embargo de la nómina y otros bienes. Para que estas dos cosas sucedan, el banco tendrá que pedir al juez que dé la orden, y vosotros tendréis que ser notificados con suficiente tiempo de antelación.
    En lo que respecta a la deuda restante (la que no ha quedado cubierta por el precio de adjudicación en la subasta, más los intereses y las costas judiciales), hay entidades que no la ejecutan inmediatamente. Pero no os confiéis. Según la ley, las deudas hipotecarias prescriben a los veinte años, y las deudas personales a los quince. El problema es que cada vez que el acreedor realiza una
    acción para reclamar el pago de esta deuda, empieza de nuevo el plazo. Por eso, en la práctica, estamos hablando de deudas eternas.
    Además, en la medida en que también genera nuevos intereses, la deuda va creciendo. Ahora bien, no os lo pueden embargar todo: hay un mínimo inembargable fijado por ley. Por desgracia, también hay que tener en cuenta que el embargo no es la única consecuencia negativa de la deuda: nuestro nombre saldrá en los registros de morosidad y esto nos puede impedir muchas actividades o alterar y dificultar el día a día: comprar una lavadora a plazos, contratar una línea telefónica, acceder a un piso de protección oficial, o incluso conseguir según qué trabajo.

    En lo concerniente al desahucio, es muy importante saber, para nuestra tranquilidad, que no puede suceder de un día para otro. No pueden aparecer policías por sorpresa en nuestra casa. La ley protege la inviolabilidad del domicilio, y sacar a alguien de su domicilio solo se puede hacer respetando unas mínimas garantías. Entre estas, a la persona desahuciada se le tiene que notificar el día y la hora del desahucio con un mínimo de un mes de antelación. Pero, aunque no haya un plazo determinado, teniendo en cuenta el colapso de los juzgados, entre la subasta y el desahucio, suelen pasar entre seis y doce meses, a veces incluso más.
    Una vez llega la fecha, hay distintos recursos que nos pueden ayudar a posponerlo todavía más tiempo. (Ver los consejos.) Un problema añadido: los impuestos que reclaman después de una subasta o una dación. Como si no fuera bastante duro sufrir una subasta o una dación, poco después descubrimos que todavía no ha terminado la pesadilla. El sistema es tan perverso que no distingue ninguna
    situación, y aunque hayamos perdido el piso por un estado de quiebra económica, os pueden reclamar como mínimo dos impuestos: la plusvalía municipal y el IRPF en la declaración
    anual. La plusvalía es un impuesto sobre el incremento de valor en los terrenos de naturaleza urbana (IVTNU), y la cobra el Ayuntamiento. La plusvalía municipal la paga el vendedor de una
    compraventa normal. Y en el caso de la dación, el que da la vivienda en pago de la deuda o la pierde en subasta es quien tiene que pagar la plusvalía. El importe depende de los años desde la anterior venta y de unas tablas de la ley de bases de régimen local. Se tiene que pagar en treinta días hábiles, desde la escritura o la adjudicación después de la subasta. Fruto de la presión social que se está ejerciendo, algunos ayuntamientos (como los de Sant Feliu de Llobregat en Cataluña, Torrejón en Madrid o Logroño en La Rioja) e incluso en provincias enteras como Vizcaya están eximiendo a las personas afectadas por las ejecuciones, así como en los casos en que se consigue la dación en pago. Y es que el
    único responsable del cobro de la plusvalía es el Ayuntamiento; por tanto si vuestro Ayuntamiento todavía cobra este impuesto, hablad con los grupos municipales y presionad para que eliminen el cobro de la plusvalía en casos de dación o adjudicación por subasta. (Documento aquí)
    Por otro lado, existen las plusvalías de la operación de venta, que son las ganancias patrimoniales que tiene un propietario cuando vende un inmueble y tributan en el IRPF, en la renta anual. Hoy en día, Hacienda considera la dación como si se tratara de una venta. Y si añadimos que muchas hipotecas se concedieron al 100 % o al 120 % del valor de tasación, y que cuando llega el momento de concretar la dación la deuda se puede haber incrementado bastante por los intereses de demora, ante Hacienda podría parecer que hemos obtenido una ganancia, al dar la vi-
    vienda por un valor superior al que nos costó.

    Por último, fiscalmente una dación es más cara que una ejecución. Las daciones tiene que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales dos veces: el deudor lo tiene que pagar cuando realiza la dación al acreedor, y el acreedor lo tiene que pagar cuando vende el inmueble. En cambio, las ejecuciones solo tributan una vez sobre la base del valor de adjudicación. Y se benefician de la posibilidad del «remate», es decir, la opción que tiene el banco de disponer de un tiempo para pasar la adjudicación a un tercero, de modo que paga el impuesto una sola vez. El impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados depende de las comunidades autónomas. Eventualmente, también existe el riesgo de que te sigan cobrando el impuesto de bienes inmuebles (IBI) o los gastos de comunidad, o incluso puede suceder que se te impida acceder a según qué ayudas públicas por constar como propietario, ya que hay muchas entidades que tardan bastante tiempo en registrar el
    cambio de propiedad para evitar el pago de impuestos. En estos casos hay que conseguir una resolución del juzgado en la que conste que vuestra vivienda ha sido adjudicada a otro. Lo podéis hacer por medio de vuestro abogado o yendo directamente al juzgado con el DNI. Cuando tengáis el documento, haced llegar una copia al ente con quien tenéis el problema (el Ayuntamiento, en el caso del IBI; la comunidad de propietarios, si se trata de los gastos comunes). También podéis denunciar a la entidad ante Hacienda por posible evasión fiscal.

    Consejos

    Solicitar justicia legal gratuita
    Si no la habíais pedido en la fase anterior, la podéis pedir ahora. Si algún trabajador del juzgado os quiere convencer de que no pidáis la justicia gratuita porque «a estas alturas ya no hay nada a hacer y sería inútil», ignoradlo. Se trata de un derecho constitucional y nadie os lo puede negar. Además, esta fase, igual que la anterior, sirve para pedir que se detenga el procedimiento hasta que se resuelva vuestra petición y, por tanto, os permite ganar tiempo, así como presentar recursos para pedir aplazamientos del desahucio.

    Presentad recursos
    Entre los profesionales del mundo jurídico (abogados, jueces y secretarios judiciales) hay muchos que están bastante resignados y, ante la dureza del procedimiento hipotecario actual, creen que no merece la pena hacer nada. Por tanto, quizá os encontréis un abogado de oficio que os dice que no sirve de nada presentar ningún recurso, o un secretario judicial que os dice que no hay nada que hacer. Insistid: no solo porque tenéis todo el derecho del mundo, sino porque siempre puede hacerse alguna cosa. Como mínimo, ganar tiempo para seguir negociando con la entidad. Así, es habitual lograr suspender al menos una vez el desahucio gracias a un recurso (la ley prevé esta posibilidad), pero
    muchas veces, si el juez que nos ha tocado tiene un mínimo de sensibilidad, la suspensión puede repetirse una segunda e incluso una tercera vez. También en el caso de la ejecución de la deuda y la petición de la entidad para que el juez dé orden de embargo, puede ponerse un recurso solicitando a este que impida esta ejecución porque el valor real de la vivienda subastada era muy superior al valor de la adjudicación. Como se ha explicado en el apartado anterior, cada vez más jueces son receptivos a estos argumentos.

    Exigid la condonación de la deuda
    Una vez subastada la vivienda, ya no es posible la dación en pago, precisamente porque no tenéis una vivienda para dar (dación) a cambio de la deuda. Pero en la medida en que la deuda final solo depende del derecho y la voluntad de vuestro acreedor (la entidad financiera), este puede liberaros de este compromiso siempre que quiera a través de una condonación. Por tanto, no lancéis la toalla y seguid presionando a vuestra entidad. La PAH ha logrado diversas condonaciones, así que es perfectamente posible. Por otro lado, la PAH, conjuntamente con otras entidades, sigue trabajando para conseguir la regulación de la dación en pago con efectos retroactivos: sumaos a estas movilizaciones; cuantos más seamos, más posibilidades tendremos de lograrlo.

    Hacer frente al embargo
    Mientras no se consigue la dación retroactiva o la condonación concreta de vuestra deuda, os pueden embargar, pero no del todo. Aseguraos de que os aplican la última reforma de julio de 2011 y que no os embargan más de la cuenta: no os pueden tocar los primeros 962 euros del sueldo, y si tenéis personas a vuestro cargo, el mínimo inembargable puede alcanzar los 1.347 euros. A partir de estas cantidades hay una tabla progresiva de embargo. Si no os respetan este mínimo, id al juzgado a protestar y poned una queja en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Lo mismo se puede aplicar a los avaladores, que también responden de la deuda con sus bienes presentes y futuros, incluidos el patrimonio y los salarios.
    Tanto a vosotros como a vuestros avaladores os pueden embargar no solo la nómina, sino cualquier propiedad a vuestro nombre y vuestras cuentas corrientes. Las propiedades no se pueden cambiar de nombre una vez iniciado el procedimiento, ya que se consideraría un alzamiento de bienes (un fraude). En cuanto a las cuentas corrientes, una vez que os ingresen la nómina con la retención proporcional del embargo ya hecho, retirad todo el dinero del banco. Si se queda allí unos días pueden considerar que deja de ser la nómina inembargable para convertirse en un bien
    embargable.

    Acudid a los servicios sociales
    Aunque en unos municipios funciona mucho mejor que en otros, en general acudir a los servicios sociales en esta fase os puede servir por dos razones. Por un lado, pueden ayudaros a pedir la suspensión temporal del desahucio al juez. No es lo mismo que lo pidáis solo vosotros a que lo soliciten desde el Ayuntamiento, alegando que todavía no han encontrado un alojamiento alternativo pero que lo están buscando. Si no os quisieran hacer esta carta, como mínimo el documento acreditativo de que estáis haciendo estos trámites con ellos ya puede servir para dar un motivo de aplazamiento al juez. Por otro lado, el Ayuntamiento os puede ayudar a presionar a la entidad para que os deje permanecer en la que era vuestra vivienda en régimen de alquiler asequible. Y si no se consigue, el municipio está obligado a realojaros de algún modo en un lugar
    adecuado para vosotros y vuestra familia. Es posible que de entrada os digan que no tienen pisos públicos, pero insistid: si no tenéis recursos para acceder a otra vivienda, están obligados a evitar que os quedéis en la calle. En el peor de los casos, os ofrecerán una pensión temporal.
    Una advertencia: aunque solo se haya producido en algunos casos puntuales, conviene saber que alguna vez los servicios sociales han amenazado con quitar la custodia de hijos menores en caso de que se produjera el desahucio y la familia no tuviera una alternativa de vivienda estable. Si os pasara, no os asustéis y acudid rápidamente a denunciarlo a los medios de comunicación y al Defensor del Pueblo, y proponed a la PAH más cercana o a otros grupos de apoyo que os ayuden a desarrollar acciones de denuncia y visibilización del caso. También podéis empadronaros en el domicilio de algún familiar o amigo para que conste un domicilio fijo.

    Resistencia al desahucio

    Una vez agotados los intentos de negociación con la entidad y la vías administrativas y judiciales para retrasar el desahucio y/o con-
    seguir una vivienda social asequible, si llega la fecha del desahucio y no hay indicios de que vaya a producirse una solución satisfactoria, podemos resistir al desahucio como una manera de posponerlo. La PAH tiene un protocolo detallado que permite detener desahucios de manera pacífica. Como, por desgracia, se producen decenas de desahucios cada día, las comisiones judiciales encargadas de realizarlos los tienen por una práctica rutinaria. Esto hace que, por regla general, ante una primera orden de desahucio no prevean dispositivos especiales, y simplemente se desplace hasta la vivienda en cuestión un secretario judicial, un procurador del banco y, como mucho, también una patrulla policial. Ante este escenario, resulta relativamente sencillo detener un desahucio. Basta con un grupo de personas que, de manera pacífica pero
    contundente, nos situemos delante de la puerta e impidamos el acceso a la comisión judicial. No es función del secretario judicial utilizar la fuerza física, y además, para que esta se emplee, tiene que existir una orden expresa del juez, aparte de la de lanzamiento. En consecuencia, lo más habitual es que, frente la concentración, la comisión judicial decida suspender el desahucio; al regresar al juzgado, ha de comunicar al juez la imposibilidad de llevarlo a cabo, y este ha de fijar una nueva fecha que a su vez tiene que ser notificada a la persona o personas afectadas.
    Una vez logrado el aplazamiento (que suele ser de entre uno y cuatro meses, aunque en ocasiones ha sido de solo dos semanas), no hemos terminado; al contrario: ahora es cuando más se tiene que presionar. El mismo día de la suspensión, desde la PAH habitualmente aprovechamos que hay decenas de personas concentradas para (una vez tenemos la certeza de que la acción se ha suspendido) salir en manifestación hacia el Ayuntamiento o el distrito: utilizamos la presión popular, la visibilidad que nos ha dado detener el desahucio y los medios de comunicación que nos puedan acompañar, para exigir que algún responsable municipal nos reciba y asuma compromisos respecto a ese caso en concreto y, si puede ser, en general que abra un canal de comunicación/intervención para otros casos similares. Más allá de la Administración local, también se pueden plantear cuestiones a la autonómica, y por descontado se pueden llevar a cabo distintas acciones de presión a la entidad financiera.
    Finalmente, si por lo que fuera no conseguimos detener el desahucio, o no nos vemos con ánimo para hacerle frente, pero no disponemos de ningún lugar al que ir, queda la posibilidad de reocupar la vivienda. Esta es una acción que cada día llevan a cabo más personas, no solo como una forma de tener vivienda, sino como una forma de denuncia pública del poco sentido que tiene dejar a familias sin recursos en la calle mientras los bancos acumulan pisos vacíos para especular con ellos en el futuro. Evidentemente, esta acción puede implicar riesgos legales, incluso de tipo penal.
    Pero lo que pasa en casi todos los casos es que se inicia un procedimiento nuevo que, meses más tarde (e incluso más de un año después), acaba con un nuevo desahucio. El tiempo que ganamos dentro de la vivienda nos da un hogar y nos permite tener una carta más de presión sobre la entidad: podemos irnos voluntariamente de la vivienda si nos condonan la deuda ilegítima. Por otro lado, en algunos casos los jueces están dando muestras de entender la realidad social que hay detrás de estas ocupaciones, como en el caso de la sentencia que archivó el procedimiento penal del que se conoce como «Edificio 15O», de Barcelona, en el que el juez no solo archivó, sino que en el redactado de la sentencia también reprobó el mal comportamiento de la entidad financiera propietaria del edificio.

    Recursos útiles

  • Documento sobre la cantidad inembargable de la nómina.
  • Este documento es útil para realizar el cálculo de qué parte de los ingresos familiares os podrían embargar a partir del mínimo inembargable.

  • Escrito de solicitud de condonación de la deuda dirigida a la
    entidad financiera.
  • Escrito para pedir que no se ejecute la deuda (el escrito para presentar en el banco y el escrito para presentar en juzgados). El modelo disponible en la web de la PAH recoge las sentencias favorables que se han producido hasta ahora, invitando al juez a interpretar la ley como lo están haciendo muchas de estas sentencias.

  • Recurso para pedir el aplazamiento del desahucio.
  • Tanto este recurso como el anterior lo tiene que presentar vuestro abogado de oficio. Si no tenéis abogado de oficio o si, por lo que sea, este se niega a hacerlo, id al juzgado e insistid hasta que os acepten el escrito. Si quieren, lo pueden coger.

  • Obra social la PAH.
  • En el caso de que finalmente no podáis evitar el desahucio, la Administración no os ofrezca un realojamiento digno y os planteáis la posibilidad de reocupar la vivienda, poneos en contacto con la PAH más cercana.

    Recapitulando: por muy complicada que sea vuestra situación, por muy avanzado que esté el proceso, recordad esta lección básica que nosotros hemos aprendido a partir de nuestra experiencia de más de tres años: cuando parece que todo está perdido, todo está por ganar. Decenas de casos que parecían imposibles de resolver se han ganado con la perseverancia y la solidaridad de centenares de personas que se están movilizando permanentemente por medio de las diferentes Plataformas de Afectados por la Hipoteca.

    Cómo contactar con la PAH

    Esta entrada tiene 82 comentarios

    1. DORIS EUGENIA GÓMEZ GAVIRIA

      Me pongo en contacto con ustedes para solicitar ayuda para continuar con el proceso de un embargo de un piso, y para ubicarme con vivienda puesto que mi hija lo necesitamos.
      Admiro enormemente el apoyo que brindan a las personas perjudicadas con este tema.

      Espero pronto una respuesta.

      Muchas gracias.

      Doris Gómez.

    2. zenaida gonzalez alvarez

      Buenas, me pongo en contacto con vosotros para ver que tipo de ayuda puedo obtener, ya que por haber avalado a mi hermana( la cual tiene 3 hijos menores a su cargo, ya que su expareja se desentendio de todo el problema) en su hipoteca y no haber podido pagarla nos afecta a nuestro piso en el cual vivo con mi madre , mi abuela y mi prima que actualmente solo recibimos la pensión de ambas.Nos han propuesto la opción de impago(entregar el piso hipotecado mas el del aval y asi limpiar la deuda) habiendo una segunda deuda de 80.000e que se pidío al rehipotecar para pagar los meses de impago de la primera deuda, Nos gustaria assesorarnos si seria posible incluir los 80.000e en la opcion de impago ya que fueron destinados a la misma deuda y poder llegar a un acuerdo cn la entidad bancaria para que se quede con los dos pisos pero ponernos un alquiler social con nuestro piso.

      Nos han dado 48h para dar una respuesta, agradeceria vuestra ayuda y apoyo lo antes posibles ya que no sabemos a quien podemos acudir, dimos un paso erroneo al pedir la rehipoteca por falta de informacion nos gustaria no volver a cometerlo.

      Muchas gracias por vuestro trabajo y toda la ayuda que prestais.

      Zenaida gonzalez

    3. IHOR

      HOLA,QUERIA PEDIR OS UN CONSEJO,NO PAGO HIPOTECA YA NOVENO MES A BANESTO,YA HE MANDADO UNA SOLUCITUD DEL DACION EN PAGO,PERO ME DENEGARON,QUE HAGO PARA ALLARGAR EL DESAHUCIO O SALIR CON LA MENOR DEUDA?GRACIAS,AGRADECERIA VUESTRA AUDA.

    4. jose manuel orellana gomez

      me gustaria saver si se puede hacer una cosa que corre por internet sobre la forma de proceder ante un desahucio.
      Que es la siguiente,alquilar el inmueble a un familiar que no conste en la hipoteca mediante un contrato de alquiler a 100 años por un precio simbolico y dicho contrato registrarlo en el registro de la propiedad.
      Si el banco ejecutara el embargo pero no podra echar al inquilino.
      esto es cierto
      si lo es yo creo que es la mejor forma de hacer fuerza para que los bancos se atengan a razones puesto que creo que nadie quiere dejar de pagar su vivienda.

    5. Piedad Zambrano

      Necesito saber sobre la dacion de pago me dicen que en unos 15 dias debo entregar el piso para firmar los papeles de la dacion no se con quien hablar ni que hace estoy buscando piso para irme de alquiler no encuentro nada ademas sin dinero que hago? Por favor necesito ayuda que debo hacer?

      1. Alejandro

        ve a la oficina de asuntos sociels de tu localidad y te buscaran temporalmente una vivienda , en la calle no te pueden dejar y si no , no te muevas del piso hasta que soluciones tu problema si el banco te aceptado la dación en pago es que sabe que no tienes medios por lo tanto tranquila y le dices al banco que tiene que esperar que tu firmas la dación pero que te deje 90 días mas en el piso.
        A ellos no les interesa ahora ir al juzgado para desahuciarte porque saben que son gastos que no van a cobrar ya que no tienes medios.

    6. Laura castaño barea

      Hola,pongo este anuncio porque no se q acer?el banco me pide 3.500e k debo de la hipoteca,el banco me tasa el piso en 70.000.00e y mi hipoteca es de 243.000.00e.q ago,no se q acer?me estan presionando…

    7. Maria

      Hola necesito información sobre la dacion que me acepta el banco, pero me pide que yo firme un préstamo personal de 5.000 o 10.000 Euros, y quisiera saber que podría hacer en este caso. Gracias por vuestro trabajo y toda la ayuda que prestais a todas la personas afectadas.

    8. debora

      HOLA TENGO UNA DUDA, TENGO QUE DEJAR DE PAGAR LA HIPOTECA APARTIR DEL MES QUE VIENE PORQUE NO TENGO DINERO SUFICIENTE PARA SUBSISTIR Y TENGO UNA NIÑA Y TENGO QUE PEDIRLE ALIMENOS A MI MADRE, ENTONCES MI PREGUNTA ES LO QUE ES CONTRIBUCION, BASURA, RECICLAJE ETC… LO PAGARIA HASTA QUE ME EMBARGUEN LA CASA PERO UNA VEZ QUE ME EMBARGUEN LA CASA TENDRIA QUE SEGUIR PAGANDO CONTRIBUCION Y TODO LO DEMAS O YA NO?, SERIA YO LA QUE TENGO QUE AVISARLES QUE LA CASA NO ES MIA YA O DE ESO SE ENCARGA EL BANCO?? AGRADECERIA QUE ME RESUELVAN LA DUDA POR FAVOR. GRACIAS.

    9. Rafael

      Buenas tardes,
      Ante todo, enhorabuena por vuestra labor
      Me gustaría saber si también tratáis el tema de las clausulas abusivas, como la suelo.
      Parece que ADICAE y Ausbank organizan demandas colectivas a este respecto; pero hay que estar pagando cuotas durante demasiado tiempo. En diversos foros se encuentra a gente que no está contenta con su labor. Me gustaría saber vuestra opinión y también si vosotros estáis organizando alguna demanda colectiva a este respecto.
      Muchas gracias

    10. Martha

      BANESTO ,utiliza denuncias extrajudiciales.a mi me la an puesto ,y ya me empiezan a acosar en casa.

    11. oscar

      hola soy oscar mi caso es que despues de mas de un ano pidiendo al banco ayuda solo e recibido malos tratos verbales y ahora cuando les e dicho que no puedo seguir pagando me an ofrecido unas modificaciones de la hipoteca una nueva tasacion con gastos incluidos que seria solo asta que encuentre trabajo y no se que hacer creo que no es una ayuda si no otra trampa me gustaria recibir consejo de expertos

    12. pau

      saludos a todos…soy uno más de tantos con problemas de trabajo e hipoteca… llevo casi 1 año parado sin cobrar prestación (he sido autónomo unos 18 años), y 5 meses sin pagar la cuota y 3 con toda la documentación entregada al banco para la dación…después de insistir las últimas 4 semanas preguntando si es posible y pedir día para notario, pues tengo la intención de marcharme Alemania a trabajar cuanto antes y quisiera irme limpio,… diciendome haber hecho dos tasaciones sobre la tasación que en su día (2004) hicieron de la vivienda ,sin venir a tasarla actualmente, …. sale más de un 20 % de la deuda que tengo pendiente, «no es posible la dación»
      en principio…dos preguntas…puedo desmontar toda la vivienda y dejarla en estructura para que la tasación sea más baja ? (se lo pregunté al director cuando me dijo que no podía ser porque su tasación sale más de un 20 % de mi deuda, también le dije que quizás así vendrían entonces a tasarla)
      y segunda….ya le comenté hace 5 meses al director mi intención de volverme a Alemania a trabajar (estuve unos 6 meses entre 2011 y principios 2012),…me pueden embargar la nómina en el caso de tener trabajo en Alemania y tener la deuda con el banco aqui?
      gracias a todos…un saludo y muchos ánimos !

      1. javier

        Hola, estoy en tu mismo caso pero en Inglaterra…..has tenido alguna respuesta? un saludo

        1. Enrique

          yo me encuentro en la situacion de pasar mi hipoteca por la via judicial, no trabajo ni percibo desempleo y tengo claro como funciona el tema de embargos en nomina pero me gustaria que alguien me informer si en el futuro pretendo iniciarme como autonomo cual seria mi situacion, que es lo que podrian embargarme de mis ingresos, ¿pueden embargarme el vehiculo o cualquier material que necesitare para trabajar sea autonomo o asalariado? ¿realizar una actividad como autonomo es posible despues de una ejecucion hipotecaria y quedar con una deuda de por vida? le agradezco sus respuestas y animo a todos

    13. carles

      hola buenos dias a todos, os cuento ,la casa donde vivo con mis dos niñas ya fue subastada, me dieron de plazo un mes para desalojar, y yo pedi un mes mas, con lo cual el 25 de marzo se me cumplia el plazo, no fue nadie, a mi familia la traslade con mi hermana que muy humanitariamente nos ha recibido, pero los recibos de limpieza publica, y proximamente los del ibi y del ayuntamiento, me llegaran, yo no estoy dispuesto a pagar eso, ya que la casa no es mia ya, por ultimo no tengo dinero, actualmente estoy al dia en los pagos de los impuestos de la casa, lo que quiero es que el banco las asuma, Que tengo que hacer para que borren mi nombre en hacienda y el ayuntamiento. hay algun escrito un modelo para enviar a hacienda?

    14. nicolas

      hola y gracias por las informaciones que necesitamos las personas que no disponemos de medios para nuestra defensa.
      mi caso es el siguiente hace unos años disponia de una empresa de publicidad de medios, iva sobre viviendo a duras penas, necesitava un beiculo y me concedieron un prestamo para comprar un coche para la empresa. a los pocos años tube que dejar de pagarlo por que no disponia de dinero y se acumulaban las deudas, actualmente vivo en alquiler y solo gano para pagar alquiler y comida, pues bien la financiera a mandado la ducumentacion a unos cobradores se llaman recobro lindorff me reclaman 12300€ que no puedo paga , pero que no me niego hacer el pago , pero no tengo nada para poder pagar y tanpoco trabajo estable, esta gente me llaman todos los dias estoy desesperado y no se que hacer , solo me dicen que tengo que pagar y con un acoso brutal , me estan poniendo q voy a enfermar de los nervios ,

      necesito su consejo y ayuda para ver que puedo hacer un millon de gracias y el señor les ayude

    15. Mercedes

      Buenas tardes,
      Me pongo en contacto con Vdes, para ver si me pueden informar de que manera puedo tramitar la denuncia contra mi entidad bancaria del suelo y techo de mi hipoteca.
      Gracias por su repuesta.

    16. angel cama

      Buenas tardes,me llamo Angel , tengo 48 años y vivo en Algeciras (Cádiz)
      soy uno de tantos miles afectados por el tema de la burbuja inmobiiraria,les cuento por si pueden informarme:

      Yo solo tengo un hipoteca y fue la primera vez y ultima, la firmé con Santander Consumer Finance por una cantidad de 65.000€ en 30 años,mas un seguro de vida de 30 años.
      he tenido que dejar de pagar ya hace unos meses por estar sin empleo,Santander Consumer Finance no tiene oficinas físicas para poder exponer mi problema,
      pero Santander Consumer Finance le han dado a una empresa que es Hudson Advisors Spain S.L.U. para que lleven el tema mio del embargo y demás.
      Yo he dejado pasar el tiempo por mi ignorancia y lo desemparados que estamos ante la ley.
      Estos señores de Hudson Advisors Spain S.L.U. ,se ponen en contacto conmigo pero me dicen que la Dación en pago no puede ser y que va entrar en subasta mi piso,
      me piden documentación de movimientos de cuentas bancarias,vida laboral,registro de la propiedad,etc
      yo no le he facilitado ninguna documentacion pues estoy cobrando la ayuda familiar y no quiero que vean que estoy cobrando dicha ayuda me la quiten y no pueda ni comer.

      En fin mi pregunta es la siguiente:

      Podria acogerme al tema de la dación?
      Deberia entregarle la documentación que me piden?
      Que me aconsejais?el piso lo tengo vacio,dado de baja en luz y agua, y no resido en el.

      Gracias y perdonen sino me he explicado bien,un saludo

    17. aurora

      me dirijo a uds porque no encuentro nadien que sepa decirme que pasa en mi casa un tanto peculiar. yo tengo una hipoteca en la caixa catalunya, la cual hasta el dia de hoy la tengo pagada, pero tengo una segunda hipoteca en el bco de santander la cal no he podido hacer frente. El 25 de este mes subastaron el piso.M e gustaria saber que puede pasar si tienen derecho a quedarse con la propiedad cuando la primera hiporeca pertenece a otra entidad. Le agradeceria mucho que me contestaran , pues he ido a varios sitios pero dicen que no soy una afectada por la hipoteca y nada me ayuda ni me asesora. atentamente. Aurora

    18. Elena Soto

      Hola, tengo una hipoteca con el BBVA y ahora que ha bajado el EURIBOR, me han dicho que no me disminuirá los 700 Euros que pago. Porqué ya estoy pagando el mínimo, mi pregunta es ¿a quien tengo que acudir para quejarme?. Gracias por responder

    19. Victor

      Quisiera por favor que me aclararan una duda. En el caso de subasta de la vivienda, el banco se la adjudica por el 60% del total del valor de subasta o sobre el 60% del 70% del valor de subasta??. Con la nueva ley sube ese porcentaje?. Mil gracias.

    20. paula

      En mi hipoteca desaparecieron los avales y el mes pasado me retrase en el pago y mi sorpresa ha sido que mis antiguos avales han recibido una carta mi.?que hago?

    21. maría

      En mi caso al firmar la hipoteca que se me concedía se me dijo que podía pedir algo mas y asi reformar y cubrir los gastos de escrituras, etc si aparecía un fiador en ella, por lo que mis padres me avalaron por una cantidad. En la firma mi madre al tocar este punto preguntó ¿cuando quedaremos fuera como avalistas?, ya que no quiero poner en peligro mi propia casa por esta cantidad, el director respondió..No se preocupe y firme ya que lo primero que se amortiza corresponde al capital avalado y usted quedará exenta de cualquier responsabilidad una vez cubierto ese capital, probablemente en 5 años. El notario asintió.
      Ahora por mis circunstancias, no he pagado en su totalidad las cuotas ya que se quedan integramente con mi subsidio y le han exigido el pago, al no hacerlo ya que yo le dije a mi madre que esa cantidad ya se habia amortizado, les han metido en una lista de morosos (incluso a mi padre ya fallecido). ¿como puedo actuar?¿pueden decir que estan exentos al amortizar el capital y luego seguir como avalista en caso de impago durante toda la vida del prestamo?, ¿debo pedir al vendedor de la casa declaración de lo ocurrido en la venta para hacer constar que la firma se hizo tras recibir información engañosa? Muchas gracias

    22. Maria

      Fui de aval para la compra de una casa y queria saber si esa persona puede aumentar la hipoteca sin mi firma de aval

    23. Francisca Gimenez Molinos

      Yo tengo una Hipoteca de Caixa Catalunya, que desde el 2010 no he podido pagar porque el INEM me tienen el subsidio retenido y no me lo pagaran hasta el mes Julio ó Agosto demomento la Caixa no me ha dicho nada pero me da miedo que el dia menos pensado me lleve una desagradable sorpresa me gustaria refinanciar la hipoteca pero que puedo hacer ó que me pueden indicar com o tengo que hacer antes de que me den el disgusto. Muchas gracias.

    24. Tengo una hipoteca co la Caixa de Catalunya, llevo desde el año 2010 sin poder pagar ya euq el INEM me pararon el Subsidio y hasta el mes de Julio ó Agosto no me lo volveran a pagar me gustaria que me dijeran como podria hacer para que la Caixa me refinancien la hipoteca y no me lleve la desagradable sopresa no me gustaria ya que yo en ningun momento me niego a pagar. Muchas Gracias

    25. me pongo en contacto con vosotros para ver si podéis ayudarme a que el banco pueda entrar en razones con la hipoteca que tengo actual mente porque no puedo seguir pagando la cantidad de 1200 euros y la propuesta que el banco me hace es re hipotecar me por 40 años cuando actual mente son 26 años con una cuota de unos 800 euros y poner el piso de mi madre como forma de pago si no puedo pagar la cuota sin mas por favor poneros es contacto con migo vía email o al teléfonos 632-030-875 y 912-429-034 espero vuestra respuesta un saludo

    26. Gabriel

      tengo una hipoteca con ccm y en mi escritura no hay ninguna clausula de suelo ni de techo solo me pone que tengo una subrogacion, pero cuando firme la escritura en el año 2005 no me dieron ningun documento ni copia de la escritura donde pone lo de las clausulas que me estan cobrando, me he dirigido a mi oficina de ccm para que meden una copia de la escritura donde dice las clausulas y me dicen que no medan nada, que valla si quiero enterarme al notario para pedirle la escritura de la constructora, mi pregunta es si tienen derecho a darme la documentacion que en su dia no me dieron cuando firme la escritura

      muchas gracias

    27. leo

      Hola he leido aqui , sobre el abogado de oficio, y hoy que fui al mio, no me dio esperanzas , me dijo que solo podia pedir el aplazamiento del desahucio..(lo mio esta en el principio, la demanda)…no se que hacer…porque todas mis esperanzas de quedarme en la casa con un alquiler social ..han quedado en nada, que hago? estoy llendo a la pah de ss de los reyes-Madrid..gracias..

    28. Fina

      Hola, quiero haceros una consulta.
      Deudor no hipotecario (avalista), Avaló a un ex -amigo, para ampliar la hipoteca de la vivienda de éste, el amigo tenía una hipoteca de +- 50.000€, el avalista los es de otra de +- 48000.-€. Hace un mes la entidad financiera le comunica al avalista que el deudor hipotecario a fallecido hace cuatro meses, y le reclaman la cantidad por la que avaló, realmente le están reclamando los intereses de los tres ó cuatro meses que hace que no se paga la hipoteca, más intereses de demora.
      Hemos hablado con la entidad para que reclame a los herederos, pero nos dicen que no está hecha la aceptación de herencia, que el avalista ha de pagar o le embargan.
      Volvemos a hablar con entidad financiera, con central, nos dice que si no paga empezará el procedimiento, es decir le reclamaran vía judicial, si no paga entonces ejecutaran la hipoteca, en el piso no vive nadie, vivía sólo el ex – amigo del avalista. Lo ejecutaran , pero no por la tasación inicial (que era de 239.000.-€) sino por 199.000, porque del 2006 al 2007 hubo una depreciación en las tasaciones ¿? Que ejecutaran las dos hipotecas conjuntas por el 60% de esa tasación, si falta alguna cantidad se la reclamaran a los herederos y la parte que le corresponda al avalista.
      Mi pregunta es ¿ puede no pagar el avalista? Os he de decir que tiene un piso hipotecado, pero lo tiene alquilado, pq era conjunto con su expareja, él vive de alquiler en otro piso. También tiene una SL pero no le funciona, la quiere cambiar de nombre ¿puede todavía? O sería alzamiento de bienes, yo creo que no lo sería pq el procedimiento no ha empezado aún ¿es así?.
      ¿Tenemos que mandar nuestra propuesta, es decir, que ejecuten la hipoteca para cobrar por escrito a la entidad financiera para que quede constancia?.
      Otra cuestión, apuntáis que se puede acudir a la justicia gratuita, ¿es posible solicitar la justicia gratuita sólo para costas procesales y procurador y buscar un abogado particular pagándolo el avalista? (o no pagándolo, pero de su confianza)
      Muchas gracias, por vuestra ayuda, y sobre todo gracias, gracias y gracias por la labor que estáis haciendo, de verdad sois maravillosos. Yo no tengo ese problema (de momento), pero me pongo en el lugar de los que lo están pasando mal y es injusto, no hay derecho.
      Un abrazo a todos-as y tenemos que ser más fuertes que ellos.
      Fina

    29. leo

      hola, soy miembro de la plataforma, puedes pedir asesoria gratuita al tf 900 814 815, de madrid,…que seoa estan dando cita para mas de un mes…si ya tienes el tocho del banco…te atienden de inmediato, pero tienes que ir a primera hora., porque te dan 5 dias habiles para presentar la paralizacion del proceso hasta que te asignen el abogado y el procurador …debes llamar a las 9..porque no cogen el telefono…, si eres de fuera de madrid..debes ir ala calle general castaños 1.., pero repito tienes que llamar antes de las 9..y en el momento de que sean las 9…asi lo hice ello y me lo cogieron a la primera…suerte….

    30. jesus

      hola tengo una duda y no se que hacer me gustaria que me dierais algun consejo.bien mi caso es que durante unos años llevo pagando una carencia de mi hipoteca la cual me vence este mes de junio pedimos al banco renovarla ya que con mi sueldo no podemos afrontar el total de la letra mensual.bien despues de entregar documentacion y de mas rollos que te piden nos dicen que esta aprobada y que nos va a costar entre gastos de notaria y otras cosas unos 1.030€ a lo que les e contestado que yo cobro 800€ y no se de donde quieren que saque ese dinero que tengo 2 niños pequeños y tienen que comer a lo que la nueva directora de sucursal que me atendio que no es la misma persona que nos abia llevado todas las tramitaciones anteriores que no se puede hacer mas y que es todo lo que a podido hacer y que como mucho ajustando en gastos de notaria podia quedarse en unos 900€ ¿que podria hacer? ¿les aviso y dejo de pagar? ya que no voy a poder afrontar los pagos de las mensualidades de la letra total y tampoco puedo formalizar el pago que me piden para renovar la carencia.por favor necesito consejo.gracias

    31. leo

      Hola le recomiendo que acuda a su pah de su ciudad, que alli le ayudaran, pero dese prisa… un saludo

    32. Paty

      hola buenos días. Quiero ver que ayuda puedo tener. Soy de Málaga. Resulta que tengo una hipoteca con Unicaja, y ya he recibido el famoso tocho. Mi hermano es mi cooprestatario, que en realidad no se que diferencia hay con un avalista. El caso que ya lo hemos recibido los dos. Nos hemos cogido un abogado de oficio, pero las esperanzas son nulas…. No se que hacer, estoy desesperada, pero es que el banco no hace negociaciones de ningun tipo. Yo estoy en paro, pero se me termina el próximo Agosto. Mi hermano si trabaja, y tiene una nómina de unos 1150 euros, aparte el tiene su hipoteca anterior a la mia, de la cual paga una cuota de unos 500 euros. Quisiera saber que le pasará a mi hermano, no se si le embargaran su casa o su nomina o ambas. Muchas gracias por vuestra ayuda.

    33. Paty

      Se me olvidaba preguntaros si por la zona de málaga o torremolinos teneis algun sitio donde pueda acudir, o si solamente estais en madrid.

    34. georgina

      Dos personas casadas en régimen de gananciales de les cuales
      solo una es la titular de la hipoteca. Se sumarán los sueldos de las
      dos y se embargará todo aquello que supere los 962,10€, en la
      cantidad que corresponda según el tramo.
      De esto que he leído en su pagina:
      Haber mi esposo es el de la hipoteca y tiene problemas, si yo encontraría un trabajo tendría algún problema , soy reagrupada y mi esposo se saco el piso cuando no estábamos casados.

    35. leo

      Hola paty, claro que la hay.. en malaga la reunion la hacen los sabados de 18 a 20 horas y es en la casa invisible. calle nosquera 11. tlf 634 570 781 y el correo es info@pahmalaga.es..un saludo..

    36. YO SI SOY UN ABOGADO Y, SOY AFECTADO ADEMÁS DE ENFRENTARME A LA ENTIDAD YO SOLO

      Buenas noches,
      En primer lugar, quiero manifestar mi apoyo a todos los afectados y, reconocer el esfuerzo de las diferentes PAH repartidas por el territorio nacional que, a pesar de sus escasos conocimientos jurídicos, hacen lo imposible por ayudar a las personas.
      En segundo, lugar me posiciono totalmente en contra del asedio a entidades financieras, tal y como se viene realizando, existen alternativas que sin tanto ruido «a priori», pueden derrumbar el sistema financiero mundial «a posteriori» y, en este sentido, muestro mi más profundo rechazo al párrafo segundo cuando dicen que, «En este sentido, os ofrecemos ya un consejo general, útil para cualquiera de las fases: ¡cuidado con los buitres! Cualquier persona o empresa que os diga que, por un cantidad de dinero, os pueden resolver el problema, sencillamente os está mintiendo». Quien diga esto tiene gran parte de razón, ahora bien, Yo, no hablo en vano y, si bien, mi situación es especial, no es menos especial que llevo «xx» meses sin pagar a «mi entidad» las cuotas comprensivas de capital e intereses por MIS COJONES, por ende, SI ES POSIBLE RESOLVER EL PROBLEMA, a cambio de una pequeña ayuda económica a un Joven Abogado con ganas de trabajar.
      Simplemente son menester que se cumplan tres requisitos, ser honesto, estar en situación de impago, mantenerse firme con DOS COJONES y, decirle tanto a la ASESORÍA JURÍDICA DE LA ENTIDAD COMO AL ENCARGADO/A TERRITORIAL que, YO ESTARÉ LOCO, PERO SI TIENEN HUEVOS INTENTEN LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA. Aún no hay noticias de ellos, parece que se les a indigestado mi locura. Esto empezó en Noviembre de 2011 y estamos a Julio de 2013.
      NO TIENEN HUEVOS, ¿PORQUÉ?, POR QUE AÚN ESTANDO YO SOLO Y «LOCO», PARECEN MÁS UN GATITO RECIÉN NACIDO QUE UN LEÓN.
      MIS COJONES Y MIS CONOCIMIENTOS, SON MÁS GRANDES QUE CUALQUIER ENTIDAD FINANCIERA.

      P.D. ESTOY HASTA LOS HUEVOS DE QUE LA GENTE SE APROVECHE DE LOS JÓVENES, YA SEAN ABOGADOS, ARQUITECTOS, TRANSPORTISTAS O BARRENDEROS.

      EXISTEN PERSONAS QUE TIENEN TRABAJO Y QUIEREN MAS PARA ELLOS, LOS QUE NO TIENEN SE PIENSAN QUE NOSOTROS TENEMOS QUE HACERLES EL TRABAJO GRATIS, PORQUE NO TENEMOS POSIBILIDADES DE TRABAJAR A CAMBIO DE UNA MÍNIMA REMUNERACIÓN.

      YO DIGO, MI ENTIDAD FINANCIERA ME VA A SOLUCIONAR LA VIDA, LAS DEMÁS ENTIDADES FINANCIERAS TAMBIÉN VAN A QUERER SOLUCIONAR MI VIDA, LA OTRA POSIBILIDAD, QUE ENTRE TODOS LOS CIUDADANOS ME SOLUCIONEN LA VIDA Y, YO ME ASEGURO DE QUE SE DERRUMBEN TODAS LAS ENTIDADES FINANCIERAS CON EL APOYO DE LA «PAH» Y «MEDIOS DE COMUNICACIÓN»

    37. Luisa

      Hola quería saber si me pueden embargar la vivienda el BBVA por tres cuotas que debo cuando les estoy pudiendo que me bajen la ipoteca durante un tienpo por que pago 1000€ y no puedo pagar tanto mis ingresos a pasado a ser muy inferiores y todo son pegas yo no se asta que punto no pueden hacer nada quisiera que me informarais a poder ser que puedo hacer munchas gracias espero buestra respuesta

    38. Fernando

      Apreciados compañeros: tengo dudas al respecto de mi negociación con el Banco Sabadell, me han concedido la DACIÓN EN PAGO con un ALQUILER SOCIAL de € 180 por 3 años, pero temo en un futuro no poder pagar dicho alquiler y la ley de arrendamiento te pone en la calle en poco tiempo.
      Me conviene solicitar REESTRUCTURACION deuda hipotecaria¿??? tengo hoy una deuda con el Sabadell de aprox. €100.000.-
      Agradecido y un abrazo para todos..

    39. Marcos

      Hola quiero saber si puedo negociar con mi banco una bajada de cuota de hipoteca,si estoy metido en asnef como moroso por no poder pagar un prestamo y una tarjeta,le debo al banco tres cuotas de la hipoteca. No voy a dejar de pagar la hipoteca, lo que hay meses que no puedo porque no me alcanza el sueldo sino para comer, me aconsejan poner como garantia de pago una plaza de garaje en propiedad ante el banco.

      Espero que me ayuden,gracias.

    40. Emma Chanca

      En mi caso, yo me separé de mi pareja y decidí marcharme yo voluntariamente del piso hasta que pudiésemos vender o llegar a un acuerdo mutuo. Él dejó de pagar y yo no lo puede echar hasta pasado un año y medio. Durante ese año y medio el banco me ofreció negociaciones que eran de risa, me ayudaban un año pero me empeoraban pasado ese año, no tuve más opción que dejar de pagar yo también puesto que no podía echar a la persona para al menos alquilar, esta no pagaba y la hipoteca era solidaria. Dejó de pagar agua, luz y gas por lo que yo, al marchar, tampoco pude volver debido a las deudas que dejó. No tengo nada en propiedad y sigo empadronada en ese piso, lo que actualmente vivo con mis padres. ¿se sigue considerando que era hipoteca de vivienda habitual aunque tuviese que marcharme de mi vivienda?

    41. Sebastian carretero

      Buenos días querían que me asesoren,tengo un local con hipoteca por la crisis que todos estamos pasando en mi zona descendió el turismo y cada día los impuestos más ,al final no llega para pagar y el banco empieza a mandar cartas ,actualmente se habló con el abogado y regional para ingresar las cantidades que pudiese actualmente estoy pagando lo que se puede 1500 aproximado ya que el local lo alquile y como muchos casos al segundo mes dejaron de pagar yo estoy pagando quitando esta cantidad de la casa ,actualmente creo que se podrá pagar el mes de Agosto. Quería me asesoren si el haber estado pagando esto me ayudara a poder negociar más tiempo? El valor que tasaron fue 1,230,000 la hipoteca es muchísimo menos, en cuanto pueden sacarlo a subasta si llega el caso. HAY UN teléfono o un correo que me puedan informar.Gracias por la labor que están haciendo ante estos tiburones

    42. Kremena Pencheva

      Hola, Mi caso es el siguiente:
      Estoy casada y durante el matrimonio hemos comprado con préstamo hipotecario dos pisos. Uno de ellos es la vivienda habitual y el otro se suponía que era como inverción, para alquilar. El segundo piso se compro en el momento pik de la burbuja inmobiliaria, aún los alquileres eran altos y mi marido todavia trabajaba en la construccion y ganaba bien. En 2008 el se quedo en el paro y actualmente esta trabajando en el sector de la limpieza donde se pagan remuneraciones simbolicas. Hasta ahora hemos aguantado como hemos podido. Varias veses intentamos a hablar con el banco que nos consedio el segundo prestamo. Tenemos dos hijas a nuestro cargo y padres mayores en nuestro pais a quienes tenemos que ayudar (son 300€ mas al mes).Casi no nos quedan medios para pasar el mes. Del banco Sabadell nos dicen que si no pagamos la letra del segundo piso ,nos van a privar de las dos viviendas.
      Mi pregunta es la siguiente: ¿ puede un fictivo divorcio salvar nuestra vivienda habitual?

    43. rafael

      Hola, avale con mi piso la compra del piso de un familiar, Veo conforme esta la situacion, que pronto no podran pagar la hipoteca, puedo donar a mi hijo mis vienes, o venderlos mientras se siga pagando la hipoteca,

    44. Paco

      Les agradeceria de corazon que me dieran consejo,
      El tema es el siguiente: Yo antes era autónomo, y deje de pagar dos créditos por falta de liquidez, de uno de los creditos me pusieron un embargo sobre mi piso, bueno mi piso no que aun es del banco que es diferente al de los creditos, debo algunos meses de la hipoteca, pero ahora he encontrado un trabajo estable con la cual cosa podria hacer frente a la hipoteca pero no a los creditos, mi duda es la siguiente.
      Tiene sentido seguir pagando la hipoteca si el piso esta embargado por otra entidad financiera, ¿sigo pagando? o ¿dejo de pagar y que pase lo que tenga que pasar?. No se que hacer, por eso les pido ayuda.
      Atentamente
      Paco

    45. ivan

      hola en principio gracias por la labor que haceis. mirad tengo una hipoteca con banesto que ahora se a fusionado con santander de 155000 euros es una casa con solar total 400 metros la tasacion inicial fue de 303000 euros brutos , la cuestion es que ya pedi dos años de carencia por que no podia pagar y ahora en enero se me acaba la carencia y ya me e sentado a intentar buscar una solucion con el banco y todo son pegas yo solo quiero que bajara la letra de la hipoteca que en enero vendria en 820 euros quisiera que me esplicaran por favor primero que posibilidad habria de una dacion en pago con la tasacion que os digo y el capital pendiente y segundo mi padre esta de habal cobra 600 euros de pension y tiene un piso que esta a su nombre y al de mis dos hermanos tambien que le puede pasar? muchas gracias de antemanooo

    46. Begoña

      Cuando en diciembre de 2011 mi pareja quedo en estado de coma me quede desamparada con dos hijos, sin ningun ingreso economico y con una hipoteca. Negocie con el banco la dacion en pago pero mi pareja necesitaba un tutor legal y la jueza tardo mas de un año e nombrar a mi suegro. Aun con tutor la dacion no llegaba hasta que este 15 de agosto pasado mi pareja desgraciadamente fallecio y todo se complico porque quedaron mis dos hijos menores de edad como herederos del 50% de la hipoteca. El banco me dice que lo mejor es la ejecucion y quedarme en la vivienda de alquiler. La verdad es que no tengo claro lo que va a pasar. Me podrian dar un poco de luz para entender mejor esta situacion? Muchisimas gracias.

    47. Marilena

      Hola ,quero comentaros mi caso y pediros consejo.somos estranjeros y hemos comprado la vivienda en 2006 por 224mil euros.hace 7meses me quedaba una deuda de 200mil.conocí una abogada que me asegura que me puede conseguir la dacion en pago ua que nosotros (yo el marido y el hijo de 10años)queremos regresar a nuestro pais .hemos intentado vender la vivienda pero ni hablar..mi marido se queda en el paro yo trabajo gano 1283netos .tal como os dije la abogada me asegura 99’99%que me consigue la dacion en pago.total que dejo de pagar .a los 3meses me piden papeles nomonas ,informe del paro ,vida laboral..etc.el banco me ofrece accepta el piso si me quedo con una deuda de 35mil que segun mi abogada no me la van a reclamar nunca y que la puedo pagar en 24años.pero al mismo tiempo me aconseja ir al juicio por aprovechar 2años en la casa tiempo en el que yo pueda ahorar algo antes de irme del pais.me da miedo .mucho miedo .ya no se si fillarme de mi abogada .no se si me defiende o le interesa el honorario que se lo tengo que pagar!?el banco me quiere llevar al juicio.no se que hacer?no se si hecharme para atras ,pero esto me impide regresar a mi pais,no se si acceptar la dacion mas los 35mil o ir en juicio?si me quedo con deuda tras el juicio supongo que seria una deuda superior a 35mil que me propone el banco actualmente.y si me quedo con deuda en espania y regreso a rumania como me puede afectar?cuando tendre que recibir la pension me ña quitaran?y di mi hijo se quere quedar aqui le afectara?por favor si me podeis contestar .no se que hacer y como seria mejor…no se si la abogada no me esta engañando?!?al principio me hablo de una deuda de 30mil si llego al juicio ..luego mas tarde me hablo de que me quedaria con una deuda de 60-70mil pero que ella luego la recure y que saldra bien .no se!no se!por favor contestarme lo que sea !necesito una opinion!gracias por estar ahi!

    48. JOSE

      HOLA,SOY JOSE DE SANLUCAR DE BARRAMEDA (CADIZ)TENGO 38 AÑOS,MI CASO ES EL SIGUIENTE:

      CUANDO YO VIVIA CON MIS PADRES,ELLOS COMPRARON UNA CASA,BUENO MI PADRE,Y MI HERMANA Y YO FIRMAMOS DE AVALISTAS PUES POR AQUEL ENTONCES ESTABAMOS AMBOS TRABAJANDO.

      AHORA LA SITUACION ES MUY DISTINTA,MI HERMAN Y YO EN PARO DESDE HACE VARIOS AÑOS Y MI PADRE MURIO.

      LA CASA NOS LA REHIPOTECARON O ALGO ASI,LA UNICA QUE PODRIA HACER FRENTE AL PAGO DE LAS MENSUALIDADES ES MI MADRE.

      MI HERMANA ESTA CASADA Y VIVE CON SU MARIDO Y YO VIVO CON MI NOVIA,MI MADRE VIVE EN ESA CASA CON UN HERMANO MIO DE 24 AÑOS QUE TAMBIEN ESTA EN PARO.

      RESULTA QUE MI MADRE RECIBIO UNA NOTIFICACION DEL JUZGADO RECLAMANDOLE UNO 5000 EUROS APROXIMADAMENTE,CUANDO MI MADRE RECIBIO ESA NOTIFICACION,HABLE CON ELLA Y LE PREGUNTE QUE SI ELLA ESTABA CUMPLIENDO TODOS LOS MESES CON LA CUANTIA DE LAS MENSUALIDADES ,LA S CUALES ERAN SOLO DE UNOS 150 EUROS,Y ERLLA DICIENDOME QUE SI,HASTA QUE TERMINO CONFESADOME DE QUE A VECES NO INGRESABA EN EL BANCO LAS CANTIDADES EXACTAS,O SEA QUE NO LLEGABA A PAGARLAS ENTERAS.

      EL CASO ES QUE SOLICITAMOS UN ABOGADO DE OFICIO,LO HICIMOS PARA GANAR TIEMPO,EL ABOGADO, (PARA RESUMIR),AL FINAL DE TODO NOS DIJO QUE DESPUES DE ESTAR CONSULTANDO LA LIBRETA DEL BANCO,NO SE PODIA HACER NADA,PUES COMPROBO QUE EL DINERO QUE EL BANCO RECLAMA,QUE ESA CANTIDAD QUE EL BANCO RECLAMABA,ERA CIERTA,QUE ESO ES LO QUE SE DEBIA,QUE LO UNICO QUE EL PODIA HACER ES HACER UN ESCRITO AL JUZGADO O AL BANCO.

      ENTONCES LA CUESTION ES,QUE MI HERMANA Y YO NO SABEMOS QUE HACER,COMNO ENCONTRAR A ALGUIEN QUE NOS ASESORE O NOS ORIENTE.
      YA SOLO NOS QUEDA VOLVER A IR AL BANCO LOS TRES Y HABLAR CON EL DIRECTOR PARA INTENTAR VOLVER A NEGOCIAR,EL BANCO ES,EL BANCO POPULAR.

      A VER SI HYA ALGUIEN QUE QUIERA RESPONDER A ESTE COMENTARIO,Y SI PUEDE SER A MI CORREO.

      MUCHISIMAS GRACIAS A TODOS Y CONTADME VUESTRAS EXPERIENCIAS Y ASI NOS DESAHOGAMOS,YO SOY DE SANLUCAR DE BARRAMEDA (CADIZ)

    49. Fabricio

      Hola, soy nuevo por aqui, a ver si me pueden ayudar. Hemos solicitado por segunda vez la carencia y nos la han concedido ( 2 años ) y en octubre tenemos que ir al notario a firmar los nuevos papeles. Y quisiera que me den algun consejo, para ir preparado contra cualquier atropello que nos tenga preparado el banco…….muchas gracias de antemano

    50. esther

      Buenos dias:
      Agradeceros de antemano vuestra ayuda y felcitaros por vuestra labor.
      Mi caso es el siguiente: Teníamos una pequeña empresa de reformas, nos compramos un local, nos iba bastante bien, abrimos una tienda, tambien iba bien, nos compramos otro piso para invertir( o eso pensábamos)…hasta que empezaron a no pagarnos…nos dejeron a deber uno de nuestros clientes mayores mucho dinero, empezó la crisis y con ella los problemas con los bancos, nuestra prioridad era pagar a nuestros trabajadores e intentar esperar a que mejorara todo, en fin, aún no ha mejorado,tuvimos que cerrar la tienda, apenas hay trabajo,y hemos dejado de pagar muchas cosas, entre ellas el local y la segunda vivienda.
      MI consulta es la siguiente: Hemos recogido del juzgado la demanda de embargo del local y no sabemos que podemos hacer, ruego me orientéis un poco.
      Gracias.

    51. Esther

      Buenos días,

      Mi situación es la siguiente: tengo un hijo menor a mi cargo con sentencia en firme. No me pasa ninguna pension alimenticia (hay demanda penal interpuesta ) ni tampoco paga su parte de la hipoteca ni gastos de la casa. La situación es insostenible, ya que ha llegado un punto que no me puedo hacer cargo de todo y voy a dejar de pagar la hipoteca ya que además pago una parte que no me corresponde a mi. He ido al banco y me han ofrecido lo de alargar el plazo lo cual no me interesa porque solo miran opciones para mi cuando se olvidan que la hipoteca no está solo a mi nombre.

      Agradeceria me pudieráis asesorar que me puede pasar en el peor de los casos si dejo de pagarla ya este mes.

      También comentar que la tengo en venta y hay un comprador interesado, de ahi mi intencion de ir al banco para ver si podian ofrecerme algo temporal hasta la venta de la misma.

      Gracias

    52. PACO

      BUENOS DIAS MI CASO ES EL SIGUIENTE CON BANCAJA YO COMPRE EN 2005 UN PISO QUE SU MAXIMO VALOR DE TASACION ES DE 104.000€ ME LO VENDIERON EN 160.000€ Y ME ANIMARON DESDE BANCAJA A PEDIR 218.000€ PARA METER EL COCHE LAS TARGETAS Y COMPRAR LOS MUEBLES YA QUE SI NO REUNIFICABA DEUDAS NO ACEPTABAN LA HIPOTECA LA ESTAFA VIENE QUE ME PIDIERON UN AVAL Y PUSE A MI SUEGRO DE AVAL PERO LO QUE NO ME DIJERON ES QUE IBAN A HIPOTECAR LA CASA DE MI SUEGRO MAS LA QUE YO IBA A COMPRAR Y AHORA ME E ENTERADO QUE TENGO DOS PISOS HIPOTECADOS EL DE MI SUEGRO POR 83.000€ Y EL RESTO DEL MIO AHORA NO PUEDO PAGAR Y PONGO EN JUEGO LAS 2 CASAS.QUISIERA QUE ME AYUDARAN PARAR SABER QUE PUEDO HACER PORQUE SI HAY ALGUN RESQYUICIO LEGAL QUE PUEDA DEVOLVERLES EL PISO MIO SIN PONER EN JUEGO EL DE MIS SUEGROS LO VOY A HACER.UN SALUDO Y GRACIAS POR LO QUE HACEN CONTRA ESOS LADRONES.

    53. Maryfer

      Buenos días.
      Somos de Madrid, después de leer la asesoría, me gustaría comentarles mi caso personalmente.
      Me podrían facilitar un teléfono de contacto con el que yo pueda llamar y hablar con alguien que yo le comente mi caso y conocer las opciones que tengo.
      Muchas gracias de antemano, reciban un saludo cordial.
      Mi teléfono es 690.150.865.

    54. antonio

      soy socio de una empresa y estamos apunto de cerrar aunque lo estamos evitando a toda costa,el miedo que tengo es que seguramente si eso ocurre me quiten el piso que es a lo que primero se cojen,mi pregunta es si hay alguna manera de poder ponerlo a salvo,en primera instancia pensé en pedir un crédito personal para cancelar la hipoteca que me quedaba y poner el piso a nombre de mis hijos pero me comentaron que igualmente le meterían mano,es asi? espero me saquen de dudas y que me den alguna solución porque sinceramente ya ni durmo

    55. He visto que podemos exponer nuestra situación y solicitar vuestra ayuda. Mi caso es éste: soy divorciada hace 12 años, antes del divorcio adquirimos mi ex-esposo y yo un inmueble, en el que resido actualmente, ya que cuando cambió mi estado civil tenia dos hijos menores de edad, A pesar de tener un convenio que obliga a mi ex a pagar la mitad de la hipoteca, lo ha hecho raras veces, siendo yo la que todos estos años he mantenido al día la cuota. Desde hace unos 13 años sufro de Insuficiencia Cardíaca, por la que se me da un grado de discapacidad mayor del 60 %, en éstos momentos estoy en lista de espera para transplante, y cobro una pensión por esa discapacidad de 600 euros. Hasta ahora gracias a la ayuda de mi hija mayor hemos cubierto la cuota de la hipoteca a pesar de que ella no vive conmigo y tiene sus propios gastos, mi hijo hace trabajos dependiendo de que la empresa lo necesite, por lo que no puedo contar con una entrada fija. Esta situación se me hace cada día más cuesta arriba, sin encontrarle una solución, ya que la otra parte correspondiente no se hace cargo; por eso hace tiempo que me ronda la idea de entregar el piso, pero surgen miedos por la morosidad que eso supone y el que me embarguen la pensión. Tengo bien claro que no quiero quedarme en el piso, ni tener esta responsabilidad tan grande, ni que mis hijos carguen con algo que corresponde a su progenitor. Por eso solicito que me asesoren, si voy por el camino correcto, se preguntarán si he ejercido legalmente el reclamo del impago por parte de mi ex, y sí, pero ha trabajado en negro y se ha declarado insolvente, por lo que yo decidí ahorrarme disgustos , pensando claro, años atrás, que no llegaría a esta situación. Desde ya muchas gracias por esta plataforma para ayudar a los afectados. Esperando vuestra respuesta, los saluda atentamente. Graciela.

    56. paola

      Hola soy paola, hoy desalojan a mi hermano del apartamento que una vez compramos y por falta de trabajo no pudimos seguir pagando…el a ido a trtar de hablar con los de caja madrid pero siempre nadie quiere atender. esta es la segunda vez que lo quieren desalojar. Ademas de quitarnos el piso quiren que sigamos pagando la hipoteca del piso. Por favor necesito que me orienten que hacer o donde ir? gracias

    57. nieves

      Hola mi caso es el siguiente: en el solarde mi casa se edifico unas viviendas de las cuales una de ellas es mia. Se terminaron pero no se entregaronpor k la constructora entroen concursal ahora es del banco y estamos esperando hace dos años. K podemos hacer pork lasllaves las tengo. Como saber k mi vivienda esta registrada? Gracias

    58. ignacio

      Hola buenas ,mirad yo tengo una hipoteca de un piso pero ya hace un año q no pago nada hace tres meses tube q abandonar el pais a buscar un mejor porvenir,pero el inmueble lo deje alquilado y hasta la fecha de julio no me habian notificado nada q puedo hacer para saber como va el proceso.un saludo gracias…

      1. javier

        has conseguido informacion de lo que pedias? estoy en tu misma situacion en el extranejro

    59. Sara

      Hola,mi situacion es un poco «liada» espero poder sintetizar bien o casi el tema que nos quita el sueño y hasta aveces las ganas de vivir.
      Hace unos años mi cuñado y mi marido montaron una empresa y compraron (pidiendo una hipoteca) un local comercial,sin ser una maravilla laempresadio para comer y poco mas , a raiz de sufrir impagos tubieron (tubimos) que pedir prestamos para hacer frente a los pagos y poder vivir, el banco solicito las firmas mia y de mi cuñada como avalistas de una poliza (a pesar de que en ese momento ni ella ni yo teniamos nomina ni ningun ingreso propio). A pesar de los esfuerzos economicos la empresa quebro y al ser autonomos no tubieron derecho a ninguna prestacion subsidiaria con lo cual nos vimos con ingresos cero y un monton de deudas acumulandose las de la empresa y las de las casas.Hablamos con el banco con el cual teniamos (y tenemos ) la hipoteca del local y la poliza de la cual soy co-avalista y nos dijeron lo tipico que ellos han de cobrar y poco mas tratamos de hacer las mil y una e incluso como el local era grande se partio para tratar de vender una mitad como vivienda ya que como local comercial a pesar de estar bien situado no se vendia ni vende, de esa «movida»no vimos un duro pues obviamente todo fue para el banco y para tratar de minorar la deuda, de hecho algo nos quitamos pero poco. Al no poder seguir pagando y acabarse el dinero de la poliza con el cual iban cobrandose la mensualidad del credito nos empezaron a llegar logicamente avisos de impago que se han ido acumulando, tratamos de obtener dacion en pago del local nos dijeron q lo estudiarian pero vino denegada supongo que tambien por la situacion convulsa que vivia la caja inmersa en fusiones ( Caixa Penedes). A todo esto la situacion familiar de ambas familias se puede catalogar de calma chicha, subsistimos pues cada uno tenemos dos hijos,hipotecon de nuestros respectivos pisos y escasos ingresos ya que tanto mi cuñada como yo que gracias a dios encontramos empleo somos mileuristas, mi marido estubo mucho tiempo en el paro lo cual quebro mucho la economia familiar aunque siempre pagamos la hipoteca de nuestro piso y mi cuñado acabo encontrando un empleo donde no llega a cobrar ni 800 euros al mes.Ante esta situacion digamos que sin olvidar todo el ladrillon de la empresa si que lo dejamos en segundo plano pues obviamente de donde no hay no se puede sacar.Ahora nos llega burofax de banco sabadell (q se ha quedado con caixa penedes) y nos devuelbe a la aun mas cruda realidad nos exige toda la deuda de la poliza mas intereses, etc..Nos han mandado burofax tanto a mi marido como deudor como a mi por avalista (supongo que a mis cuñados otro tanto pero no tengo la certeza) La situacion es , con perdon, jodida por q aunque queramos llegar a algun acuerdo si sumamos mas pagos a nuestra maltrecha economia sencillamente no nos llegara ni para comer. La consulta seria ..Peligra nuestro piso el q pagamos religiosamente a otra entidad distinta? Nos puden embargar el sueldo a los dos? Podria darse la situacion de q nos embargaran a nosotros y a nuestros cuñados no?. La deuda de la poliza es sobre unos 35000 euros y lo que me queda por pagar de mi piso son 150000 euros seria absurdo que me llevaran a embargo, pero no se.. Por otro lado las situaciones de las dos familias son similares, pateticamente similares diria yo. Asi que me pareceria injustisimo que solo fueran a por una parte, lo unico que tengo en propiedad, a mi nombre, es un coche de 8 años de antiguedad, podrian embargarmelo? Si ahora que de momento solo he recibido burofax informando de la situacion a traves de una empresa de impagos que trabaja para el banco, cambiara de nombre el coche pongamos a nombre de mi hijo por ejemplo incurriria en delito de alzamiento de bienes? Muchisimas gracias por vuestra gran labor se que somos miles y miles de personas con problematicas diversas y complejas y angustiosas y se valora vuestro consejo ante todo calma y la familia es lo primero pero que pasa cuando no puedes ni subsistir? pero por otro lado no tengo derecho ni siquiera a justicia gratuita por ser mileurista!!!!
      Muchisimas gracias y por favor continuar con vuestra gran labor. Gracias.

    60. porqueres lucrecia

      hola mi madre salio de garante a mi hermano y este no paga, llego una citacion, hay alguna forma de quitar de este riesgo su unica vivienda ella tiene 83 años. el debe ya dos meses.

    61. ignacio

      No de momento no me han contestado,si me contestan te mantengo informado,un saludo.

    62. axel

      Saludos mi nobre es Axel, Mi pareja compro hace un año una casa con un credito en Bancomer. el caso es que a rais de las ultimas lluvias sufrio daños en su estructura la parecer segun personal de proteccion civil, Por un probable ASENTAMIENTO DIFERENCIAL. la casa esta asegurada con BANCOMER que recomendaciones nos pueden dar para que personal de la seguradora no nos vaya a tomar el pelo al momento de que vayamos a reaizar la valides del seguro..
      de antemano agradecemos su asesoria.. GRACIAS

    63. GLORIA OTERO

      Hola buenas,
      Me llamo Gloria y mi hermano tiene una hipoteca con el tipo de referencia IRPH, debido a esto el tiene ahora una hipoteca muy elevada con la que no es capaz de hacer frente, mi duda es el puede cambiar de tipo de interes y modificarlo al EURIBOR, si fuera así, tendríamos solucionado su problema porque he calculado la cuota y le bajaría la cuota a una cantidad que el podría afrontar.
      Si saben de algún caso favorable sobre esta cuestión les agradecería me informasen.

      Un saludo

    64. fran

      Los consejos que dais acerca de no dejarse asesorar por «buitres» no los comparto, si por buitre dais a entender a que alguien cobre por ayudarnos.. Yo hace 5 años pagué a un abogado para que me llevara el caso, y me consiguió parar 4 veces la subasta y 2 el desaucio por defectos en el proceso. Por menos de 2.000 euro, llevo en casa 5 años sin pagar nada. Así que yo no diria que eviten estos profesionales, sinó que los elijan bien..

    65. Esther

      Dí en el 2010 mi casa en dación en pago parcial, quedándome con una deuda de 135000€ y subiendo cada día. ahora parece que existe la posibiidad en el inmueble que estoy de hacer un contrato de de alquiler con opcion a venta. Podría escriturar un inmueble en Cuenca a nombre de 4 menores (mis hijos) uno de 8,5, 3 y 2 años respectivamente haciendo una cláusula de usufructo vitacilio a nombre de mi marido y mio. Ha de figurar siempre un adulto.

      Muchas gracias, saludos

    66. jose maanuel martin martin

      Hola buenas tardes, como muchos de vossotros estoy desempleado, fruto del boon de la construccion y quiero preguntaros unas cuestiones a ver si tengo respuestas.
      -en la actualidad cobro 1087€ siempre me han descontado unos 60€ para s.s. y en 2013 unos 25€ de irpf. , pago 300€ de hipoteca de 1ª vivienda y otros 250 de varios creditos, tengo derecho a devolucion de la renta 2013. por vivienda me desgraban.
      – cuando llegue mayo y cobre 426€ que hago , si ahora estoy mal, que no llego para la luz y los impuestos municipaales los malpago- el coche lo tengo encerrado sin seguro y creo qu embqrgado por impuestos. por favor contestarme en mi correo me estoy creando un dosier con todo lo que se me avecina gracias muchas gracias

    67. Hola. Hace unos 7 años compramos un piso mi pareja y yo. Aun no tenemos cedula de avitavilidad. El constructor a eesaparecido incluso vendido la empresa. E estado pagando todos los recibos cada mes durante esos 7 años pero ya no puedo mas. Porque no tengo ni piso legal ni derecho a luz , Gua y de mas. Es decier estoy pagando por nada . E hablado con el banco muchas veces todos estos años para la dacion y aun no e conseguido nada. El edificio sido ocupado y destrozado. Estoy viviendo en una casa de alquiler tengo dos hijos y otro en camino. No se que hacer estoy desamparado por el banco incluso la guardia civil . Para colmo estas viviendas tambien estaba metido el ayuntamiento para viviendas para jóvenes. Y no hacen nada por ayudarnos se an desentendido …. que puedo hacer ? Cuales son los pasos a seguir. ? Gracias

    68. luis

      Hola, mi casa fue retirada de la subasta por el procurador del banco, con el proposito de llegar a un acuerdo mas amistoso. Ahora bien, la caja que me otorgo el crédito hipotecario se fusiono. Mi pregunta es a mi como deudor no se me pidio consentimiento expreso en el cambio de titularidad del acreedor, se que en el ambito de cualquier obligacios el tribunal supremo es implacable rexpecto a esto. Entonces, no entiendo que los bancos pueden hacer y deshacer a su antojo. Porque, quien me reclama la deuda no es quien me otorgo el credito, asi consta en el registro de la propiedad. Estoy citado para este martes a firmar su ofre imiento. Robaria premura en vuestra respuesta. Gracias

    69. Angela Guerra Zamora

      Hola amigos: Tengo un piso en Lepe(Huelva) ,hipotecado a nombre de una sobrina mía y mio al 50% ,yo vivo de alquiler en Córdoba ,ya que allí no encontraba trabajo de logopeda ,aúnque en Córdoba ,estoy trabajando con pocos casos porque no me dá para darme de alta con los impuestos etc ,pero estoy tocando fondo ya que en bloque donde tengo el piso de Lepe han desahuciado a mucho inquilinos y han entrado muchos okupas en varios casos ,autenticos delincuentes con cárcel a su espalda,han destrozado todo y ahora no puedo alquilar el piso pk nadie se quiere meter allí.Si no cojo algo del alquiler no puedo pagar la hipoteca de 491 euros ,el alquiler era de 300 máximo y en Córdoba ya casi no me llega para subsistir. Mi problema es mi sobrina que ha encontrado un trabajo e irian a por ella. Habría la posibilidad de que en un contrato privado ella me cediera o vendiera la parte suya ,y yo le pagara una cantidad simbolica al mes?? Que podría hacer?? Gracias.

    70. N. K.

      Hola Angela,
      A tu sobrina no le pueden tocar el sueldo si no sobrepasa la cantidad minima protegida por ley que es + o – 900€.

    71. Román

      Hola ; estoy en esta situación:
      Como no puedo pagar ,debo ya 2 letras, aunque cobro una pensión , casi la mitad es para la letra de la hipoteca y tengo 3 tarjetas; el caso es que mi mujer no tiene trabajo ni cobra, y propusimos al banco varias soluciones durante 2 años , como por ejemplo , 2 años de carencia para poder ponernos al dia,y nos han ido dando largas y denengando esa salida, pero la pelota se ha hecho mas grande y ahora nos es imposible asumir la cuota, viendo todo lo que hay por aqui , nos parece que la solución mas razonable es al de la ejecución hipotecaria , ya que teniendo una pensión no creemos que nos hagan una dación en pago, y la pregunta es:
      Cuando subastan el piso he visto lo del 60% e incluso he visto que cambiaron al 70% del valor de la tasación , pero por lo que veo y leo , los ; bancos traen filiales inmobiliarias , que pujan por el 48% y el banco puja por 50,1% y se adjudica la subasta ; eso es asi, o tienen que pujar igualmente por 60%?
      MIS DATOS:
      Tasación Escritura para subasta : 2340000
      Hipoteca concedida : 147000
      hipoteca restante aactualmente : 133676
      recibos pendientes : 2 x 575
      Y se puede solicitar con el modelo que habeis puesto directamente la ejecución sin pedir la dación en pago?

    72. elizabeth nivelo

      hola, necesito ayuda estoy pasando por algunos casos de insolvencia porque no puedo pagar deudas, n es que no quiero pagar sino que realmente no tengo de dnde tengo una casa uno de estos acreedores ya me ha puesto prihibicin de venta e incluso ya pidieron subastar pero nadie compro necesito un asesoramiento personal ayudenme comuniquense a mi correo gracias.

    73. monica

      Hola.Quero saber que puedo hacer:en 2007 e comprado un piso y el banco me pusieron una antiquedad de 11 años y el piso tenia casi 30 (1979)En el cadastro pone 1979 pero ello no 11 años de antigüedad Y la verdad que no lo se si el precio de venta no a sido tan grade porqué me pusieron solo 11 años

    74. Jose Maria

      Hola, estoy un poco nervioso. Llevo desde octubre sin poder pagar la hipoteca. Me llego una carta de esco expasion que debo 1478 euros. Mi pregunta es si pago esa cantidad puedo evitar que el banco se quede con mi casa. Por favor decirme que todavía estoy a tiempo de poder pagar. Gracias y espero respuestas.

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